Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2016 (18/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de agosto de 2016 /

El Peruano

un total de novecientos veintitrés (923) estacionamientos vehiculares, los que se detallan en el Anexo I, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 11.- ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS Aprobar los cuadros de la Estructura de Costos y la Estimación de Ingresos por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en el distrito de San Martín de Porres, los mismos que como Anexos II y III forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 12.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos del pago de la tasa de estacionamiento vehicular los conductores de los vehículos oficiales en cumplimiento de sus funciones asignadas por ley, aquellos que realicen labores propias de su actividad o que sean de propiedad de: a) La Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. b) El Cuerpo General de Bomberos del Perú. c) Las Fuerzas Armadas. d) La Policía Nacional del Perú. e) Ambulancias en general. f) Vehículos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local en comisión de servicio. g) Vehículos estacionados en Zonas reservadas para su categoría o actividad pública, según autorización municipal. h) Vecinos afectados por la Zonificación realizada por la Municipalidad, en que se determine que su lugar de residencia se encuentra ubicado en zona comercial o recreacional de alta circulación vehicular, los cuales deberán ser debidamente identificados mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad ­ DNI. Artículo 13.- DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN BÁSICA En las zonas aptas para el cobro de la tasa se publicará la siguiente información: a) La Ordenanza de la Municipalidad de San Martín de Porres que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal vigente. b) El Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que ratifica la Ordenanza aprobada para tal fin. c) El monto de la tasa aprobada. d) El tiempo de tolerancia. e) La unidad de medida. f) El horario de cobro para el uso de los estacionamientos. g) El número de espacios habilitados en la cuadra, calle o avenida. h) El significado del color de las vías señaladas. Artículo 14º.- TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA Los boletos o comprobantes de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes consignados en el artículo precedente, así como el nombre del concesionario de ser el caso.

Artículo 15º.- USO DE LOS ESPACIOS HABILITADOS PARA ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Queda estrictamente prohibido el uso de los espacios destinados para el Estacionamiento Vehicular Temporal para el ejercicio de la actividad comercial, promocional, expendio de alimentos u otra actividad. Artículo 16º.- ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUTO El monto recaudado de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal constituye ingreso tributario de la Municipalidad de San Martín de Porres, cuyo rendimiento está destinado a la administración y mantenimiento de dicho servicio. Su recaudación podrá efectuarse directamente o a través de cualquier modalidad permitida por la Ley. Artículo 17º.- SEÑALIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL La municipalidad señalizará los espacios sujetos al pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal, para lo cual deberá emplearse el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito para Calles y Carreteras de Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Tratándose del espacio destinado a personas con discapacidad o madres gestantes, se colocará un símbolo distintivo sobre un cuadrado de fondo azul en el espacio para estacionarse. En estos últimos casos los espacios deberán señalizarse de tal forma que se distinga claramente por quienes pueden ser ocupados. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Municipalidad no se responsabiliza por las pérdidas o daños ocasionados a los vehículos durante su permanencia en las zonas de Estacionamiento Vehicular Temporal y zonas reservadas. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Económico y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- La Municipalidad podrá prestar directamente el servicio o a través de cualquiera de las modalidades permitidas por ley. Cuarta.- Deróguese toda disposición municipal que contravenga la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza y sus Anexos entrarán en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, conjuntamente con el texto completo del Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima que la ratifica. Sexta.- Publíquese el texto íntegro de la Ordenanza y sus anexos, así como el Acuerdo de Concejo ratificatorio respectivo en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Martín de Porres; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y su publicación en el portal del SAT (www.sat.gob.pe) conforme a lo dispuesto en el Artículo 19º de la Ordenanza Nº 1533-MML. Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde

INFORME TECNICO DE COSTOS DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO La Estructura de Costos del servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de San Martín de Porres ha sido elaborada de acuerdo a los lineamientos de la Directiva SAT/MML Nº 001-006-00000015: Sobre determinación de costos de los servicios aprobados en ordenanzas tributarias distritales de la provincia de Lima, emitida por el Servicio de Administración Tributaria ­ SAT, habiéndose agrupado sus componentes en Costos Directos y Costos Indirectos, dependiendo de su grado de vinculación con el servicio (Art. 6º de la Directiva), así como Costos Fijos. Asimismo, los Costos Indirectos establecidos en la presente estructura de costos, no superan el 10% del costo total, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 10º de la Directiva. Finalmente, el formato de la Estructura de Costos guarda correspondencia con el formato aprobado en el Art. 13º de la Directiva mencionada anteriormente (Cuadro A5), el mismo que se presenta en el Anexo 2. A continuación se detalla cada uno de los costos involucrados en la prestación del servicio, con la finalidad de brindar una mejor explicación de los componentes de las estructuras de los costos. 1. COSTOS DIRECTOS Comprende los costos de mano de obra directa, costos de materiales y otros costos y gastos variables que participan directamente en la prestación del servicio.