Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2016 (18/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de agosto de 2016 /

El Peruano

Unipersonales Nacionales; y, asimismo, dispuso que los referidos órganos jurisdiccionales cuando el sistema lo requiera, conformarán el Juzgado Penal Colegiado respectivo. Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 155-2016-CE-PJ del 22 de junio del año en curso, este Órgano de Gobierno dispuso lo siguiente: a) Conversión del 2° Juzgado Penal Nacional, en 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, b) Conversión del 3° Juzgado Penal Nacional, en 6° Juzgado Unipersonal Penal Nacional; y c) Funcionamiento del 4° Juzgado Penal Unipersonal Nacional, para afrontar los juicios orales en lista; estableciéndose que los magistrados a cargo de los Juzgados Penales Nacionales, continuarán con sus funciones en los órganos jurisdiccionales del Nuevo Modelo Procesal Penal. Tercero. Que, al respecto, la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales y el Juez Superior Responsable de la Implementación del Código Procesal Penal en la Sala Penal Nacional, en aras de optimizar el servicio de justicia en los Juzgados Penales Unipersonales Nacionales, proponen que el 4° Juzgado Penal Unipersonal Nacional pueda integrar el Juzgado Penal Colegiado Nacional en forma aleatoria; asimismo, que entre el 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados Penales Unipersonales Nacionales se efectúe el sorteo respectivo, para en forma aleatoria integren el Juzgado Penal Colegiado Nacional . La propuesta presentada, se sustenta en lo siguiente: a) El Primer Juzgado Penal Unipersonal Nacional, a la fecha viene llevando un juicio que aproximadamente culminará en el mes de setiembre próximo; b) No existe próximamente ningún proceso de competencia del Juzgado Penal Unipersonal Nacional, que iniciará juicio oral; y c) Se encuentra próximo a culminar la etapa intermedia de procesos, que serían de competencia del Juzgado Penal Colegiado Nacional. Cuarto. Que, teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente, por razones de carga procesal y demanda del servicio de justicia, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada por los mencionados magistrados. Quinto. Que los numerales 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que la propuesta presentada resulta procedente a fin de optimizar recursos brindar un servicio de justicia eficaz y oportuno. En consecuencia; con cargo a dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Presidencia de este Órgano de Gobierno. RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer las siguientes medidas para los órganos jurisdiccionales de la Sala Penal Nacional que se indican a continuación, a partir del 16 de agosto de 2016: a) Precisar que el 4° Juzgado Penal Unipersonal Nacional, también tiene competencia para integrar el Juzgado Penal Colegiado Nacional. b) Disponer que el 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados Penales Unipersonales Nacionales, integren el Juzgado Penal Colegiado Nacional, mediante sorteo. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales; y a la Gerencia

General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1417173-1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Conforman la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 231-2016-P-PJ Lima, 16 de agosto de 2016 VISTA: La Resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del día de la fecha que concede licencia al señor doctor Vicente Rodolfo Walde Jáuregui, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República del trece de agosto hasta el once de setiembre de dos mil dieciséis. CONSIDERANDO: Primero.- Que la labor jurisdiccional no se puede paralizar, por lo que a efecto de garantizar el normal funcionamiento de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, es necesario dictar las medidas administrativas del caso. Segundo.- Que conforme a lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República designar al señor juez que integrará el mencionado órgano jurisdiccional, en tanto dure la licencia del señor Juez Supremo Vicente Rodolfo Walde Jáuregui. Tercero.- Que mediante Resolución Administrativa N° 204-2015-CE-PJ de fecha quince de junio de dos mil quince se establece que en los casos de vacaciones, licencias por enfermedad u otros casos análogos que tengan duración mayor a 15 días de los jueces de una Sala de la Corte Suprema de Justicia de la República, serán reemplazados por los Jueces Superiores de la República que reúnan los requisitos para ser Jueces Supremos Provisionales. Cuarto.- Que conforme a lo previsto en el Artículo 76° inciso 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, designar a los jueces integrantes de las Salas Especializadas de la Corte Suprema. Por lo expuesto, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor Julio Martín Wong Abad, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, como Juez Supremo Provisional para integrar la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- DISPONER, por consiguiente, que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República quedará conformada de la siguiente manera: SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE 1.- Dr. Héctor Enrique Lama More (Presidente)