Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2015 (26/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015

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Que, los articulos 14° y 15° del mencionado Reglamento, senalan que mediante Decreto de Alcaldia se establecera anualmente el cronograma detallado para la ejecucion de los Talleres de Trabajo del MORDAZA de Presupuesto Participativo y el monto MORDAZA de la asignacion presupuestaria que sera destinada al Presupuesto Participativo, conforme a la metodologia establecida en la normatividad vigente; Que, a traves de la Resolucion Directoral N° 0072010-EF-76.01 se aprobo el Instructivo N° 001-2010EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en cuyo Anexo N° 08 se senalan los criterios que orientan la determinacion de Recursos a ser considerados en el MORDAZA del Presupuesto Participativo; Que, teniendo en cuenta ello, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo a traves del Informe N° 073-2015-0500-GPPDC/MSI y en virtud del Informe N° 182-2015-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, determino el monto a ser asignado para el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2016, siendo este la suma de S/. 11,000,000.00 (Once millones y 00/100 Nuevos Soles), a ser distribuido equitativamente entre los 05 sectores del distrito correspondiendo un monto de S/. 2´200,000.00 (Dos millones doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles) por sector; monto equivalente al 6.14% de la proyeccion estimada del Presupuesto Institucional de Apertura ­ PIA 2016; proponiendo asimismo el Cronograma del mencionado proceso; Que, estando a lo expuesto y a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 02662015-0400-GAJ/MSI y contando con la opinion favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; De conformidad con lo establecido en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades y en uso de las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 298-MSI; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Cronograma del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2016, en el Distrito de San MORDAZA, conforme el siguiente detalle: Actividades Convocatoria Publica Inscripciones y Registro de Agentes Participantes Publicacion de Agentes Participantes Rendicion de Cuentas Capacitacion Taller de Identificacion y Priorizacion de Resultados Taller de Priorizacion de Proyectos Formalizacion de Acuerdos y Compromisos Fechas 29 de Marzo de 2015 30 de Marzo al 10 de MORDAZA de 2015 13 de MORDAZA de 2015 15 de MORDAZA de 2015 20 de MORDAZA de 2015 29 de MORDAZA de 2015 11 de MORDAZA de 2015 20 de MORDAZA de 2015

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito para el ano 2015
ORDENANZA Nº 288-A San MORDAZA de Lurigancho, 26 de febrero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo del 26 de febrero de 2015, el Informe Nº. 05-2015CODISEC/MDSJL de la Gerencia de Seguridad Publica y Convivencia Pacifica, Secretario Tecnico del CODISEC, sobre Ratificacion del Plan de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº. 27972, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 26º del D. S. Nº. 011-2014-IN, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley Nº. 27933, establece que, el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de dialogo, coordinacion y elaboracion de politicas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ambito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector publico y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaria Tecnica; Que, el articulo 18º de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley Nº. 27933 y normas modificatorias, establece, entre otras atribuciones que, los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana aprueban los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana de sus correspondientes jurisdicciones, en concordancia con las politicas contenidas en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, informando al Consejo; Que, por su parte, el articulo 28º literal a) del D.S. Nº. 011-2014-IN, establece que son funciones del Comite Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), ademas de las establecidas en la Ley Nº. 27933 y sus modificatorias, entre otras, aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC). Asimismo, el Articulo 47 tercer parrafo del citado Reglamento dispone que, ademas de su aprobacion por los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberan ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, segun corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como politicas regionales, provinciales y distritales; Que, el articulo 30º literal e) del precitado Reglamento dispone que, la Secretaria Tecnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el organo que haga sus veces, cuyo cargo es indelegable, bajo responsabilidad, tiene entre otras funciones, presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificacion mediante Ordenanza Municipal; Que, del Informe Nº. 05-2015-CODISEC/MDSJL del 06 de febrero de 2015 de la Gerencia de Seguridad Publica y Convivencia Pacifica, Secretaria Tecnica del CODISEC se advierte que, el 04 de febrero de 2015, el

Articulo Segundo.- ESTABLECER como asignacion presupuestaria destinada a proyectos de inversion publica del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2016, el 6.14% del proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura 2016, equivalente de manera preliminar a S/. 11,000,000.00 (Once millones y 00/100 Nuevos Soles), los que seran distribuidos equitativamente entre los cinco sectores en los que esta dividido el distrito, a razon de hasta S/. 2,200,000.00 (Dos millones doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles) por sector. Articulo Tercero.- ENCARGAR la supervision y cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal. Articulo Cuarto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia sea publicado en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE MORDAZA 1216906-1