Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2015 (26/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015

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Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de Chiclayo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 1216037-1 RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 613-2014-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 17 de noviembre del 2014 VISTO: El Oficio Nº 553-2014-VIVIENDA/VMVU-PGSU del 22 de octubre del 2014, del Director Ejecutivo del Programa Generacion de Suelo MORDAZA del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saaneamiento, Abog. MORDAZA Balcazar MORDAZA (Sisg. Nº 1581659) CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de Propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el inc. j) del Art. 35º de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el art 62º de la ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente de Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion, mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc.j) del Art. 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Art. 10º y 62º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el Art. 35 inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62 de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun el documento del visto, el Director Ejecutivo del Programa Generacion de Suelo MORDAZA del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Abog. MORDAZA Balcazar MORDAZA, informa al Gobierno Regional MORDAZA que en cumplimiento de las acciones que viene realizando el referido programa, creado mediante D.S. Nº 003-2012-VIVIENDA, y con el proposito de

Departamento de MORDAZA con un area de 14.6106 has, se halla parcialmente superpuesto sobre los predios inscritos en las partidas Nº 02269549, Nº 11023273, Nº 11023582, Nº 02272114, Nº 02272086, Nº 02272085 y Nº 02272113. Que, habiendose excluido las superposiciones MORDAZA senaladas, se procedio al replanteo del plano quedando el predio en una extension de 14.3420 has; las cuales no se hallan inscritas en el registro de predios de la MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo; siendo necesario iniciar el procedimiento de inscripcion de primera de dominio a nombre del Estado peruano, representado por el Gobierno Regional MORDAZA de dicha extension. Que, estando al considerando precedente, y teniendo como referencia el Certificado de Busqueda Catastral Nº 2014-131108 de fecha 21 de agosto de 2014 que acreditan que el predio de 14.6106 has contaba con superposiciones parciales las que fueron excluidas, se concluye que el mencionado terreno no esta inscrito en el Registros de predios y no constituye propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que es de dominio del Estado, conforme lo establece el Art. 23 de la Ley Nº 29151, al senalar textualmente "que los predios que no se encuentran inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional, al Gobierno Regional MORDAZA, correspondiendo en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002-SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004-SBN que regula el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado. Que, con el visado correspondiente y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales; Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion Gerencial General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA de 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional Lambayeque. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado peruano representado por el Gobierno Regional MORDAZA del predio denominado "San Antonio" ubicado en el Sector Pomape del distrito de Monsefu, provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA de 14.3420 has, segun el plano de ubicacionperimetrico en coordenadas UTM PSAD56 y memoria descriptiva de setiembre de 2014 que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: "SAN ANTONIO" con 14.3420 Has. POR EL NORTE: Colinda con predio eriazo UC Nº 10919 en cuatro lineas quebradas entre los vertices (1,2,3,4 y 5 ) con una longitud total de 201.10 ml. POR EL SUR: Colinda con predio eriazo y MORDAZA carrozable en cuatro lineas quebradas entre los vertices (82,83,84,85 y 86) con una longitud de 261.90 ml. POR EL ESTE: Colinda con predio eriazo y partidas electronicas Nº 02269549, Nº 11023273, Nº 11023582, Nº 02272114, Nº 02272086, Nº 02272085, Nº 02272113, entre los vertices desde (05 al 82) con una longitud total de 833.93 ml. POR EL OESTE: Colinda con predio eriazo y unidad catastral Nº 10861 en once lineas quebradas formado entre los vertices (86,87,88,89,90,91,92,93,94,95,96,97 y 01) con una longitud total de 558.80 ml. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de Registros