Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2015 (26/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 188 de la Constitucion Politica del Peru dispone que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, precisando ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, dispone que a partir del ano 2003, se inicie la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversion e infraestructura productiva de alcance regional; Que, de otro lado, el articulo 83 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y la Setima Disposicion Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establecen, entre otros, que a efectos de asegurar que el MORDAZA de transferencia se realice en forma progresiva y ordenada conforme lo dispone la precitada Ley N° 27783, el Poder Ejecutivo constituira comisiones sectoriales de transferencia, presididas por un Viceministro del sector correspondiente, las cuales propondran planes anuales de transferencia de competencias sectoriales; Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica, con el objetivo de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion en situacion de vulnerabilidad y pobreza, promover el ejercicio de sus derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de sus propias capacidades, garantizando su inclusion en el desarrollo nacional; Que, en dicho contexto, mediante Resolucion Ministerial N° 126-2012-MIDIS, se constituyo la Comision Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, encargada de efectuar el MORDAZA de transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria (PCA) a los Gobiernos Locales distritales del ambito de la provincia de Lima; Que, mediante los documentos de Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone la conformacion de una Comision Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en el MORDAZA de la normativa MORDAZA citada, que abarque la totalidad de las competencias sectoriales, atendiendo a que la comision constituida mediante la mencionada Resolucion Ministerial N° 126-2012-MIDIS se encuentra acotada a la transferencia de un programa en especifico; Que, en virtud de lo expuesto, y en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 83 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y la Setima Disposicion Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, en cumplimiento de la normativa que rige el MORDAZA de descentralizacion, corresponde constituir una Comision Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, que abarque la totalidad de las competencias sectoriales, incluida a la que se hace referencia en la Resolucion Ministerial N° 126-2012-MIDIS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion; la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Constituir la Comision Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion, la cual estara integrada por: - El(la) Viceministro(a) de Prestaciones Sociales, quien la presidira,

Que, con Oficio Nº 569-2015-MINDEF/VPD/B/01.a, del 25 de marzo de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Italiana; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 26 al 28 de marzo de 2015, como parte de la delegacion que acompana a la Ministra de Defensa de la Republica Italiana quien participara en ceremonia oficial; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a UN (01) militar de la Republica Italiana, del 26 al 28 de marzo de 2015, como parte de la delegacion que acompana a la Ministra de Defensa de la Republica Italiana quien participara en ceremonia oficial. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho de Defensa 1216941-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Constituyen la Comision Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 063-2015-MIDIS MORDAZA, 25 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe N° 019-2015-MIDIS/SG/OGPP, el Informe N° 47-2015-MIDIS/SG/OGPP, y el Informe N° 73-2015MIDIS/SG/OGPP, emitidos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social.