Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2015 (26/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015

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participacion de cuarenta y un (41) Colegios Profesionales para la eleccion acotada, conteniendo la cantidad total de ochocientos veintidos mil trecientos veinticuatro (822,324) registros; Que, en virtud a lo establecido en el articulo 178° de la Constitucion Politica del Peru, es funcion del MORDAZA Nacional de Elecciones (JNE) fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales, razon por la cual mediante el Oficio N° 4272015-DCGI/JNE el Director Central de Gestion Institucional del JNE remite a la ONPE el Informe N° 004-2015-MEVPDNFPE/JNE de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales del JNE, a traves del cual manifiesta que en el MORDAZA de seleccion de veinticinco (25) candidatos al cargo de Miembro de Mesa, realizado el 18 de marzo de 2015, se identifico un total de ochocientos veinticuatro (824) ciudadanos pertenecientes al Colegio de Psicologos del Peru, con domicilio en el extranjero segun su documento nacional de identidad (DNI); Que, de acuerdo al numeral V de las Disposiciones Generales del Reglamento la circunscripcion que corresponde a esta eleccion es el territorio nacional entendido como un distrito electoral unico, ambito en el cual el Consejo Nacional de la Magistratura ejerce sus funciones. De esta forma, corresponde la exclusion del Padron Electoral de los ciudadanos MORDAZA citados. Cabe precisar que de acuerdo al informe de la Sub Gerencia de Infraestructura y Seguridad Tecnologica de la Gerencia de Informatica y Tecnologia Electoral de vistos luego de realizado el filtro por UBIGEO la cantidad visualizada es de 826; Que, por otro lado, mediante Resolucion Jefatural N° 097-2015-J/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 14 de marzo de 2015, se aprueba la lista de once (11) candidatos inscritos correspondientes a diez (10) Colegios Profesionales que participaran en la presente eleccion, por lo que se debera actualizar el Padron Electoral, el mismo que en su oportunidad se aprobo considerando cuarenta y uno (41) Colegios Profesionales; Que, de acuerdo a los criterios MORDAZA mencionados, la Gerencia de Informatica y Tecnologia Electoral ha cumplido con actualizar el Padron Electoral que sera utilizado para la Eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, por los miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA, distintos de los Colegios de Abogados, conteniendo un total de 133,629 electores; Que, conforme a ello, resulta necesario emitir el acto de administracion a traves del cual se apruebe la actualizacion del Padron Electoral que sera utilizado para la Eleccion citada precedentemente; De conformidad con los literales c) y h) del articulo 5° de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley N° 26487; literales n) y s) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado mediante Resolucion Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente y con el visado de la Secretaria General, de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Informatica y Tecnologia Electoral; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la actualizacion del Padron Electoral para la Eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, por los miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA, distintos de los Colegios de Abogados, conforme al anexo que forma parte de la presente resolucion, teniendose por modificadas en dicho extremo las Resoluciones Jefaturales N° 046-2015-J/ONPE y N° 0622015-J/ONPE, por los fundamentos MORDAZA expuestos. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el diario oficial El Peruano y de su anexo en el MORDAZA Institucional, www. onpe.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese.

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la EDPYME Acceso Crediticio el cierre de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de MORDAZA e Ica
RESOLUCION SBS Nº 1591-2015 MORDAZA, 5 de marzo de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Acceso Crediticio para que se le otorgue autorizacion para el cierre de dos (02) Oficinas Especiales ubicadas en los departamentos de MORDAZA e lca; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion correspondiente para el cierre de las citadas Oficinas Especiales; Que, mediante Resolucion SBS Nº 3953-2002 de fecha 26.06.2012, se autorizo la apertura de las referidas Oficinas Especiales; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la EDPYME Acceso Crediticio el cierre de dos (02) Oficinas Especiales ubicadas en: · MORDAZA MORDAZA La Point N° 622, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. · Pasaje MORDAZA Nº 190 Of. 303, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de lca. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 1215752-1

Autorizan a Financiera TFC S A el cierre de oficina especial ubicada en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1652-2015 MORDAZA, 11 de marzo de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 1216940-1

La solicitud presentada por la Financiera TFC S A para que se le autorice el cierre de una (01) oficina especial, segun se indica en la parte resolutiva; y,