Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

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u otras formas de contratacion de los servicios y bienes financiados con recursos de la Contribucion deberan permitir la libre concurrencia de proveedores de bienes, de servicios diferentes de consultoria y de consultores de dichos paises. Undecimo. Adquisicion de bienes y contratacion de servicios diferentes de consultoria.(a) Para efectos de lo dispuesto en el Articulo 11(f) de las Normas Generales, las partes dejan MORDAZA que las Politicas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que estan recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 de MORDAZA de 2011. Si las Politicas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios diferentes de consultoria seran llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Politicas de Adquisiciones modificadas, una vez que estas MORDAZA puestas en conocimiento del Beneficiario y el Beneficiario acepte por escrito su aplicacion. (b) Para la contratacion de servicios diferentes de consultoria y la adquisicion de bienes, se podra utilizar cualquiera de los metodos descritos en las Politicas de Adquisiciones, siempre que dicho metodo MORDAZA sido identificado para la respectiva adquisicion o contratacion en el Plan de Adquisiciones aprobado por el Banco. (c) El umbral que determina el uso de la licitacion publica internacional, sera puesto a disposicion del Beneficiario o, en su caso, del Organismo Ejecutor, en la pagina www.iadb.org/procurement. Por debajo de dicho umbral, el metodo de seleccion se determinara de acuerdo con la complejidad y caracteristicas de la adquisicion o contratacion, lo cual debera reflejarse en el Plan de Adquisiciones aprobado por el Banco. (d) En lo que se refiere a la utilizacion del metodo de licitacion publica internacional, el Banco y el Beneficiario acuerdan que las disposiciones del Apendice 2 de las Politicas de Adquisiciones sobre margen de preferencia domestica en la comparacion de ofertas para la adquisicion de bienes podran aplicarse a los bienes fabricados en el territorio del MORDAZA del Beneficiario, segun se indique en el documento de licitacion respectivo. (e) En lo que se refiere al metodo de licitacion publica nacional, los procedimientos de licitacion publica nacional respectivos podran ser utilizados siempre que, a juicio del Banco, dichos procedimientos garanticen economia, eficiencia, transparencia y compatibilidad general con la Seccion I de las Politicas de Adquisiciones y tomando en cuenta, entre otros, lo dispuesto en el parrafo 3.4 de dichas Politicas. Duodecimo. Seleccion y contratacion de Servicios de Consultoria. (a) Para efectos de lo dispuesto en el Articulo 11(f) de las Normas Generales, las partes dejan MORDAZA que las Politicas de Consultores son las fechadas marzo de 2011, que estan recogidas en el documento GN-2350-9, aprobado por el Banco el 19 de MORDAZA de 2011. Si las Politicas de Consultores fueran modificadas por el Banco, la seleccion y contratacion de servicios de consultoria seran llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Politicas de Consultores modificadas, una vez que estas MORDAZA puestas en conocimiento del Beneficiario y el Beneficiario acepte por escrito su aplicacion. (b) Para la seleccion y contratacion de servicios de consultoria, se podra utilizar cualquiera de los metodos descritos en las Politicas de Consultores, siempre que dicho metodo MORDAZA sido identificado para la respectiva contratacion en el Plan de Adquisiciones aprobado por el Banco. (c) El umbral que determina la integracion de la lista corta con consultores internacionales sera puesto a disposicion del Beneficiario o, en su caso, del Organismo Ejecutor, en la pagina www.iadb.org/procurement. Por debajo de dicho umbral, la lista corta puede estar integramente compuesta por consultores nacionales del MORDAZA del Beneficiario. Decimotercero. Uso de sistemas de pais. Para efectos de lo dispuesto en el Articulo 11(b) de las Normas Generales, las partes dejan MORDAZA que a la fecha de suscripcion de este Convenio, no se preve el uso de sistemas de MORDAZA para la adquisicion de bienes

(b) que se MORDAZA presentado evidencia de que cuenta con un sistema de informacion financiera y una estructura de control interno adecuados a los cuales hace referencia el Articulo 13 de las Normas Generales. (c) que el Beneficiario MORDAZA presentado evidencia, a satisfaccion del Banco, de haber creado una unidad ejecutora del Proyecto (UEP), la cual estara conformada por el siguiente personal: (i) un director ejecutivo (DE) del Proyecto; (ii) un especialista en adquisiciones/ contrataciones; (iii) un especialista financiero/contable; y (iv) un asistente tecnico (AT). (d) que se MORDAZA suscrito un convenio entre el Organismo Ejecutor y la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Politica Criminal (CONASEC) segun lo establecido en el parrafo 4.03 del Anexo Unico al presente Convenio. Cuarto. Reembolso de gastos con cargo a la Contribucion. Con la aceptacion del Banco, se podran utilizar recursos de la Contribucion para reembolsar gastos efectuados o financiar los que se efectuen en el Proyecto a partir del 19 de septiembre de 2014 y hasta la fecha de vigencia del presente Convenio, siempre que se hayan cumplido requisitos sustancialmente analogos a los establecidos en este Convenio. Quinto. Plazos. (a) El plazo para la ejecucion del Proyecto sera de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de vigencia de este Convenio. (b) El plazo para el desembolso de los recursos de la Contribucion sera de veintiocho (28) meses, contados a partir de esa misma fecha. Cualquier parte de la Contribucion no utilizada vencido el plazo antedicho quedara cancelada. (c) Los plazos indicados anteriormente y otros que se establezcan en este Convenio solo podran ser ampliados, por razones justificadas, con el consentimiento escrito del Banco. Sexto. Costo total del Proyecto y recursos adicionales. (a) El Beneficiario se compromete a realizar oportunamente, por si los aportes que se requieran, en adelante el "Aporte", en adicion a la Contribucion, para la completa e ininterrumpida ejecucion del Proyecto. El total del Aporte se estima en el equivalente de ciento cincuenta mil dolares (US$150.000) con el fin de completar la suma equivalente a setecientos cincuenta mil dolares (US$750.000), en que se estima el costo total del Proyecto, sin que estas estimaciones reduzcan la obligacion del Beneficiario de aportar los recursos adicionales que se requieran para completar el Proyecto. (b) El Aporte del Beneficiario podra ser en especie y se destinara a financiar las categorias que, con cargo al mismo, se establecen en el presupuesto del Proyecto que aparece en el Anexo Unico. Septimo. Reconocimiento de gastos con cargo al Aporte. El Banco podra reconocer como parte de los recursos del Aporte al Proyecto, los gastos efectuados o los que se efectuen en el Proyecto a partir del 19 de septiembre de 2014 y hasta la fecha de vigencia del presente Convenio, siempre que se hayan cumplido requisitos sustancialmente analogos a los establecidos en este Convenio. Octavo. Monedas para los desembolsos. El Banco MORDAZA el desembolso de la Contribucion en dolares. El Banco, aplicando el MORDAZA de cambio indicado en el Articulo 9 de las Normas Generales, podra convertir dichas monedas convertibles en otras monedas, incluyendo moneda local. Noveno. MORDAZA de cambio. Para efectos de lo estipulado en el Articulo 9 de las Normas Generales de este Convenio, las partes acuerdan que el MORDAZA de cambio aplicable sera el indicado en el inciso (b) (i) de dicho Articulo. Decimo. Uso de la Contribucion. Los recursos de la Contribucion solo podran usarse para la contratacion de consultores y para la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios diferentes de consultoria de los paises miembros del Banco. En consecuencia, los procedimientos y las bases especificas de las licitaciones