Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

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Sin embargo, el 09.05.2000 el Perito Judicial MORDAZA MORDAZA determina la Primera liquidacion en S/.309,917.16, el 18.07.2001, se declara improcedente la observacion presentada por la Municipalidad por presentarse en forma extemporanea, estaba como representante legal el Abg. MORDAZA MORDAZA Dorado. El 05.06.2006 la MORDAZA Perito Judicial MORDAZA MORDAZA concluye que la deuda solo en intereses es de S/. 725,435.23 haciendo caso omiso a lo ordenado por el Juzgado que los intereses deben calcularse con el interes legal. El 10.10.2006 suma en total S/. 1'004,502.30. El 09.04.2007, se observa dicha liquidacion, declarandose infundada, aprobandose el dictamen pericial. La Municipalidad interpone recurso impugnatorio de apelacion, la misma que es concedida. El 23.08.2007, la Sala Civil Superior declara nula a la resolucion que aprueba la exorbitante liquidacion de intereses. Sin embargo, la Perito Judicial MORDAZA MORDAZA fija S/. 1'439,400.00 por concepto de intereses. La Municipalidad no observo dicha liquidacion pese a que fueron notificados. Es una grave omision. El 30.07.2008, se aprueba dicha liquidacion, estaba a cargo en esta etapa de MORDAZA la Procuradora Publica Municipal Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salvador. El 06.03.2012, el juzgado designa a la Perito Judicial CPC MORDAZA MORDAZA para que proceda actualizar intereses legales a partir del 11.06.2008. El 27.03.2013, con Resolucion Nº 368 se pone en conocimiento de las partes de la MORDAZA liquidacion de intereses en S/. 3'477,889.22. Se actualiza el capital mas intereses que asciende a S/. 4'862,259.34. El 09.04.2013, la Procuradora Publica Municipal Adjunta Abogada MORDAZA del MORDAZA Ucanan MORDAZA hace de conocimiento con Memorandum Nº 041 el Informe Pericial de Parte a la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra ­ Subgerente de Contabilidad y a la vez le solicita que determine si esta se ha realizado correctamente de acuerdo a lo normatividad vigente. Mediante Informe Nº 027-2013-SGC-MDCH, elaborado por la CPC Yuli MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra ­ Subgerente de Contabilidad contesta a la Procuradora Publica Municipal Adjunta - Abogada MORDAZA del MORDAZA Ucanan MORDAZA, senalando que el dictamen pericial se ha realizado conforme a lo normado, dando su conformidad a dicho monto S/.4'862,259.34 nuevos soles. El 11.04.2013, la Municipalidad representada por el Procurador Publico Municipal Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - observa irregularmente dicha pericia pues adjunta como sustento el Informe Nº 027-2013-SGCMDCH suscrita por la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra ­ Ex Subgerente de Contabilidad (que senala que el dictamen pericial de parte se ha realizado conforme a lo normado), dando su conformidad a dicho monto. El 13.08.2013, con Resolucion Nº 396 el juzgado aprueba la liquidacion de intereses ascendente a la suma de S/. 3'477,889.22 resultando el saldo total adeudado S/. 4'862,259.34. El Procurador Publico Municipal - Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA asi como la Procuradora Publica Municipal Adjunta ­ Abg. MORDAZA del MORDAZA Ucanan MORDAZA No Impugnaron Dicha Resolucion. El 09.09.2013, el Juzgado con Resolucion Nº 399 declara consentida la Resolucion Nº 396 que aprueba la MORDAZA liquidacion de intereses y se requiere a la Municipalidad cumplir con el pago de dicha suma de dinero. Este monto es sumamente exorbitante, pues teniendo en cuenta el peritaje de MORDAZA Munoz MORDAZA la real deuda al 20.03.2013 es S/. 486,919.84, constituida por el principal S/. 54,929.98, mas los intereses del S/.493,679.86, menos los depositos realizados S/. 61,690.00. De los hechos expuestos se presume la existencia de responsabilidad administrativa funcional de los siguientes ex funcionarios: Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Asesor Juridico; Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Procuradora Publico Municipal, Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Procurador Publico Municipal y Ex Gerente de Asesoria Juridica; Abg. MORDAZA del MORDAZA Ucanan MORDAZA - Ex Procuradora Publica Municipal y Ex Procuradora Publica Municipal Adjunta; CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra - Ex Sub Gerente de Contabilidad. b) Que, mediante Oficio Nº 0239-2015-GM-MDCH, se remite los Informes de la Comision Especial de Investigacion de Regidores de la Municipalidad de Chorrillos del Caso Judicial Prisma Contratistas Generales S.A.C. Exp. Nº 56633-1997.

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION GERENCIAL Nº 1370-2015-GM-MDCH Chorrillos, 16 de MORDAZA del 2015 CONSIDERANDO: Que, la Secretaria Tecnica mediante Informe Nº 002-2015-ST-SGP-MDCH, emite pronunciamiento sobre Apertura MORDAZA Administrativo; ANALISIS Que, mediante Oficio Nº 0239-2015-GM-MDCH, se remite los informes de la Comision Especial de Investigacion de Regidores de la Municipalidad de Chorrillos, del Caso Judicial Prisma Contratistas Generales S.A.C. Exp. Nº 60308-1997, y Expediente 56633-1997, asimismo remite el Informe de La Procuraduria Publica Municipal denominado "Primer Informe de las observaciones referidas a la Defensa Legal de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de Chorrillos a cargo de la Procuraduria Publica Municipal", asimismo remite Oficio Nº 0240-2015-GMMDCH, mediante el cual informa que el Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no hizo entrega de cargo de las Unidades Organicas en las que fue designado; a fin de realizar las investigaciones pertinentes en torno a la conducta de los funcionarios que intervinieron, y recomendar las acciones correspondientes a los que resulten responsables. a) Que, mediante Oficio Nº 0239-2015-GM-MDCH, se remite los Informes de la Comision Especial de Investigacion de Regidores de la Municipalidad de Chorrillos del Caso Judicial Prisma Contratistas Generales S.A.C. Exp. Nº 60308-1997. En el que se observa el Caso del Expediente Judicial Nº 60308-1997 de la Empresa Prisma Contratistas Generales S.A.C. funcionarios permitieron que se apliquen intereses bancarios y se practique una doble capitalizacion de intereses, de tal manera que una deuda de S/. 54,929.98 se convierta en el Ano 2013 en S/. 4'862,259.34 Nuevos Soles. La Municipalidad de Chorrillos, en la gestion del Ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 15.11.1994 celebra un contrato de Construccion de Modulos de Venta de la Playa de Agua MORDAZA con la Empresa Prisma Contratistas Generales S.A.C., el total del valor del proyecto fue de S/.266,720.02 de lo cual aquella gestion solo pago la cantidad de S/. 211,790.04 quedando un saldo de S/. 54,929.98. Este monto mas intereses y comisiones fue requerido por la empresa Prisma Contratistas Generales S.A.C. para su cancelacion en la gestion del Ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA Weselby, al no atenderse la peticion por no estar de acuerdo por irregularidades en el procedimiento, la Empresa Prisma Contratistas Generales S.A.C. interpone accion legal el 13.10.1997 aperturandose el Exp. 6030897 contra la Municipalidad de Chorrillos, requiriendo el pago de la deuda con intereses bancarios segun el RULCOP por la suma de S/.104,577.34. En efecto el 27.05.1998 el juzgado expide la Primera Sentencia, ordenando que la Municipalidad pague la suma indicada, se ordenaba pagar el saldo mas los intereses bancarios. La Municipalidad apela, logrando la anulacion de esta sentencia de la Sala de Procesos Abreviados, se emite la MORDAZA Sentencia el Juzgado dispone se pague el capital de S/.54,929.98 mas los intereses (sin especificar que MORDAZA de intereses se debe aplicar) sin costas y costos. El 05.07.1999, la Sala Superior de Procesos Abreviados confirma la sentencia de pagar S/. 54,929.98 mas los intereses. La Municipalidad interpone recurso de casacion pero es declarada improcedente por la Sala Civil de la Corte Suprema de la Republica.