Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

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A la solicitud se adjunta: a) MORDAZA de documentacion que acredite un periodo no menor de tres (3) anos de relacion contractual vinculada con la ensenanza en una universidad, instituto superior o instituto de ensenanza de reconocida experiencia. De ser el caso, MORDAZA que acredite la calidad de instructor en materia maritimo-portuaria, expedida por algun organismo nacional o internacional, publico o privado; o, de ser el caso, acreditar por los menos doscientos (200) turnos de experiencia laboral en las especialidades de trabajo portuario que se pretendan impartir. b) MORDAZA simple de los certificados que acrediten haber seguido cursos de especializacion en las materias que requiere su certificacion, organizados por instituciones nacionales o extranjeras de reconocido prestigio, excepto para el caso de instructores en materia de trabajo portuario que hayan sido o MORDAZA trabajadores portuarios debidamente acreditados. c) Hoja de MORDAZA documentada y actualizada. d) MORDAZA del recibo de pago por el derecho de tramite administrativo correspondiente (...)". Articulo 3°.- Modificacion del numeral 9.1 del articulo 9° del Reglamento de Capacitacion Portuaria Modifiquese el numeral 9.1 del articulo 9° del Reglamento de Capacitacion Portuaria, de acuerdo al siguiente texto: "(...) Articulo 9º.- Evaluacion del candidato a instructor portuario 9.1 Las evaluaciones para candidatos a instructor se realizaran en los meses de marzo, MORDAZA y noviembre de cada ano (...)". Articulo 4°.- Sustitucion del articulo 13° del Reglamento de Capacitacion Portuaria Sustituyase el articulo 13° del Reglamento de Capacitacion Portuaria, por el siguiente texto: "(...) Articulo 13º.- Aprobacion de los silabos de los cursos portuarios Para obtener la aprobacion de los silabos de los cursos de gestion portuaria y/o de trabajo portuario por parte de la APN, la OCP debera cumplir con presentar una solicitud dirigida al Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional suscrita por el representante legal de la OCP, en la que se indique: a) Nombres, apellidos y numero de DNI del representante legal; nombre y razon o denominacion social de la OCP. b) Detalle de lo solicitado. c) Relacion del silabo o los silabos cuyo(s) contenido(s) se solicita(n) aprobar, indicandose si observa la estructura del silabo modelo aprobado por la APN. d) Lugar, fecha y firma. A la solicitud se adjunta: a) Desarrollo del contenido del silabo o silabos que correspondan aprobar, en formato impreso y digital (word). b) Material (manual y presentaciones para clases) cuyo(s) contenido(s) de(l/los) silabo(s) se solicita(n) aprobar, en formato impreso y digital (word y/o power point, segun corresponda). c) MORDAZA del recibo de pago por el derecho de tramite administrativo correspondiente (...)". Articulo 5º.- Disposicion Derogatoria Deroguense todas aquellas normas que se opongan a lo establecido en la presente Resolucion. Articulo 6°.- Vigencia La presente MORDAZA entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PATINO GARRIDO Presidente del Directorio 1228280-1

5.3. Las OCP deben contar con aulas con espacios, iluminacion y ventilacion que faciliten el dictado de los cursos, y la senalizacion del aforo otorgado por la entidad competente en un lugar visible. El mobiliario y los equipos que se requieran deben corresponder a la naturaleza de los cursos que se van a impartir. Para el caso de OCP que impartan cursos especializados de trabajo portuario, deben tener a disposicion equipos portuarios o simuladores de equipos portuarios para realizar las practicas o, en su defecto, convenios o contratos con empresas o instituciones educativas que le permitiran realizar las practicas con el equipamiento o simulador respectivo. 5.4 Para la inscripcion en el Registro de OCP, el administrado debe cumplir con los siguientes requisitos y condiciones: 1) Solicitud dirigida al Gerente General de la APN suscrita por el representante legal, en la que se indica: a) Denominacion o razon social del administrado. b) Nombres, apellidos y numero de DNI del representante legal. c) Domicilio y numero de RUC del administrado. d) Numero telefonico y correo electronico del representante legal. e) Detalle de lo solicitado. f) Descripcion de los cursos que se van a impartir. g) Lugar, fecha y firma. 2) A la solicitud se adjunta: a) MORDAZA literal del documento que acredite la inscripcion del administrado en el Registro de Personas Juridicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), en la que debera constar en el objeto social de la persona juridica que esta se dedica a las actividades educativas de ensenanza o de capacitacion en temas portuarios, administracion y operacion de terminales portuarios de uso publico. Para el caso de otras entidades educativas de educacion superior y/o universitaria que no cuenten con inscripcion ante SUNARP, deberan acreditar que cuentan con personeria juridica vigente segun las leyes que regulan su creacion y/o su funcionamiento. b) Vigencia de poder del representante legal del administrado, expedida por la SUNARP, cuya antiguedad no supere los dos meses. c) MORDAZA de la licencia de funcionamiento expedida por la municipalidad respectiva donde el administrado tiene su sede institucional. d) Relacion detallada de la infraestructura, mobiliario y equipos necesarios que permitan impartir los cursos de capacitacion en forma adecuada. e) Para el caso de OCP que impartan cursos especializados de trabajo portuario, documento que demuestre la posesion de equipos portuarios o simulador de equipos portuarios para realizar las practicas o, en su defecto, convenios o contratos con empresas o instituciones educativas que le permitiran realizar las practicas con el equipamiento o simulador respectivo, de acuerdo con los cursos especializados del trabajo portuario que se requiera impartir. f) Desarrollo del silabo de al menos un (1) curso de gestion o de trabajo portuario que impartira. g) MORDAZA del recibo de pago por el derecho de tramite administrativo correspondiente (...)". Articulo 2°.- Sustitucion del articulo 8° del Reglamento de Capacitacion Portuaria Sustituyase el articulo 8° del Reglamento de Capacitacion Portuaria, por el siguiente texto: "(...) Articulo 8º.- Requisitos para la inscripcion de Instructores Portuarios Para la inscripcion en el Registro de Instructores Portuarios, se debe dirigir una solicitud al Gerente General de la APN suscrita por el administrado, en la que se indica: a) Nombres, apellidos y numero de DNI. b) Domicilio y/o numero de RUC. c) Numero telefonico y correo electronico. d) Detalle de lo solicitado, que incluira el pedido para ser inscrito en el Registro de Instructores Portuarios precisando los cursos que dictara. e) Lugar, fecha y firma.