Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Decreto de Alcaldia, se regula entre otros, asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, fue aprobado, mediante Ordenanza Nº 060-2002/ MVMT ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 065 por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de fecha 22 de MORDAZA del 2003, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01 de junio del mismo ano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 374-2014-EF, publicado el 30 de diciembre del 2014, se establecio la Unidad Impositiva Tributaria - UIT para el ano 2015 en S/.3,850.00 Nuevos Soles, siendo obligacion de la Municipalidad de efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales. Que, el articulo 38º numeral 38.5 de la Ley Nº 27444, senala expresamente que "Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3"; Que, asimismo el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, establece que la modificacion del valor de la UIT no implica la modificacion automatica de los derechos de tramitacion contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, por lo que dentro de los 30 dias habiles siguientes a la vigencia de la nueva Unidad Impositiva Tributaria - UIT, las entidades publicas a traves de sus funcionarios correspondientes deberan de efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion vigente, entre el MORDAZA valor de la UIT, asimismo se debera ingresar y publicar dicha informacion en el MORDAZA Web Institucional; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 032-2015-GPP-MDVMT con fecha 06 de MORDAZA del 2015, solicita a la Gerencia Municipal la reconversion de los terminos porcentuales del MORDAZA vigente con el MORDAZA valor impositivo de la UIT de S/. 3, 850.00 (TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 067-2015-MVMT-GAJ de fecha 31 de marzo de 2015, emite opinion en el sentido que resulta procedente adecuar los valores porcentuales de los derechos de tramitacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo a la Unidad Impositiva TributariaUIT, dispuesto por el Decreto Supremo Nº 374-2014-EF, para el ano 2015, mediante Decreto de Alcaldia; Por las consideraciones expuestas; y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Primero.- ADECUAR los valores porcentuales de los derechos de tramitacion contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA el Triunfo, a la Unidad Impositiva Tributaria - UIT, fijado en S/. 3,850.00 (TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) dispuesto por el Decreto Supremo Nº 374-2014EF, para el ano 2015, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante del presente decreto. Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Sub Gerencia de Tecnologias de Informacion y Procesos, su ubicacion en el MORDAZA Institucional: www.munivmt.gob.pe Tercero.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Sub Gerencia de Tecnologias de Informacion y Procesos, el

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

cumplimiento de la presente MORDAZA y a la Sub Gerencia Comunicacion e Imagen Institucional, la difusion y divulgacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1227433-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Ordenanza que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de La Punta
ORDENANZA Nº 004-2015-MDLP-AL La Punta, 16 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesion Ordinaria Nº 012-2015 de fecha 14 de MORDAZA de 2015 con el MORDAZA aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo; VISTO: La propuesta efectuada por la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 045-2015-MDLP-GR, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun el articulo 74º de la Carta Magna, modificado por la Ley Nº 28390, con el que concuerda el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del TUO del Codigo Tributario, las ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, o exonerar de estas, conforme a Ley. Asimismo, los numerales 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades establecen que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas, asi como crear, modificar, suprimir o exonerar entre otros, los arbitrios, conforme a Ley; Que, de conformidad con el articulo 36º del TUO del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, se puede conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria con caracter general al deudor que lo solicite; Que, con Informe de Visto, la Gerencia de Rentas indica que es politica de la actual gestion promocionar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias brindando a los vecinos las mayores facilidades para su pago voluntario; en tal sentido, es necesario actualizar la MORDAZA de fraccionamiento de deudas, simplificar el procedimiento y hacerlo mas accesible al vecino; Que, siendo que la presente tiene por finalidad el beneficio para la comunidad puntena, es decir, es de interes publico, por lo que la demora en su aplicacion