Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

551130
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de granos de arroz integral (Oryza sativa) de origen y procedencia EE.UU. de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se consigne: 2.1 Declaracion adicional: 2.1.1 "El envio fue inspeccionado acorde a los procedimientos oficiales y se encuentra libre de: Corcyra cephalonica y Trogoderma variabile" 2.2 Tratamiento de desinfeccion pre embarque o en MORDAZA con: 2.2.1 Bromuro de metilo (utilizar una de las siguientes dosis): 32 g/m3 /24 h/ Tº de 21 ºC o mas; 40 g/m3 /24 h/ Tº de 16 - 20 ºC; 48 g/m3 /24 h/ Tº de 10 a 15 ºC o 2.2.2 Fosfamina (utilizar una de las siguientes dosis): 2 g/m3 /96 h/ Tº de 26 ºC o mas; 2 g/m3 /120 h/ Tº de 21 a 25ºC; 2 g/m3 /144 h/ Tº de 16 a 20 ºC. 3. Los envases deben ser nuevos y de primer uso, libre de tierra o de cualquier material extrano al producto. Los envases seran etiquetados o rotulados con el nombre de la especie exportada y el MORDAZA de origen. 4. Los contenedores seran rigurosamente inspeccionados, limpios, secos y libre de cualquier olor e insectos. Los numeros de los precintos seran consignados en el Certificado Fitosanitario del MORDAZA de origen. 5. En caso que el producto sea embarcado a granel, las bodegas de la nave seran rigurosamente inspeccionadas y estaran limpias, secas y libre de cualquier olor e insectos. 6. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Vegetal 1228013-2

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, supervision, control y sancion en materia ambiental; Que, la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, otorga al OEFA, la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislacion ambiental por parte de todas las personas naturales o juridicas, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado; Que, el articulo 8 de la Ley N° 29325 establece que el Consejo Directivo es el organo MORDAZA del OEFA, y esta integrado por cinco (5) miembros designados mediante Resolucion Suprema; Que, con Resolucion Suprema N° 012-2010-MINAM de 19 de noviembre de 2010, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA; Que, debido al fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, se ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el literal b) del articulo 14 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA; Que, en consecuencia, es necesario formalizar la vacancia en mencion mediante la expedicion de la presente Resolucion Suprema; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo Nº 022-2009MINAM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar la vacancia del cargo de miembro del Consejo Directivo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, debido al fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, establecida en el literal b) del articulo 14 del Reglamento de Organizacion Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MlNAM. Articulo 2.- Transcribir la presente resolucion al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA. Articulo 3.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica

AMBIENTE
Declaran vacancia del cargo de miembro del Consejo Directivo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental OEFA
RESOLUCION SUPREMA N° 003-2015-MINAM MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, como

MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1228478-9

DEFENSA
Designan representantes titulares y alternos del Ministerio, como miembros integrantes del Consejo Ejecutivo del Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS)
RESOLUCION MINISTERIAL N° 344-2015 DE/SG MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2015