Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

551186
MORDAZA MORDAZA Ricaza, la misma que con Resolucion Nº 01 de fecha 30.09.2009 se resuelve declarar inadmisible concediendose un plazo de tres dias para que subsane los defectos anotados, por cuanto con Resolucion Nº 05 de fecha 17.04.2010 se declara la nulidad de todo lo actuado, incluyendo el auto administro y retrotrayendo el estado de la causa al momento en que incurrio en el vicio de nulidad, se declara improcedente la demanda interpuesta por falta manifiesta de interes para obrar, con Resolucion Nº 08 de fecha 25.06.2010 se declara inadmisible al apelacion interpuesta por la Municipalidad y mediante Resolucion Nº 04 el Trigesimo Tercer Juzgado Especializado Civil de MORDAZA resuelve confirmar la Resolucion Nº 05 y mediante Resolucion Nº 10 de fecha 15.08.2012 se declara el archivamiento de lo actuado. La demanda fue interpuesta por la Ex Procuradora Abg. MORDAZA MORDAZA de La MORDAZA Ugarte, posteriormente ejercio la defensa el Ex Procurador Publico Municipal Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera. c.3.- Respecto de los Expedientes de Procesos Laborales, La Procuraduria Publica Municipal informa respecto de los Expedientes de Procesos Laborales encontrados, 135 han sido archivados por diversos motivos como: desistimiento de la demanda, y por inasistencia de las partes a las audiencias, entre los cuales se senalan: c.3.1.-El Procurador Publico ha dejado de contestar la demanda del Expediente Nº 1425-2014-0-1816-JP-LA-01 que obra ante el 1º Juzgado de Paz Letrado de Chorrillos seguido por Profuturo AFP contra MDCH sobre ODSD - Ejecucion por la suma de S/. 7,665.15 nuevos soles. Ejercio la defensa de este MORDAZA el Ex Procurador Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera. c.3.2.- De la revision del Expediente Nº 13988-200852-1801-JR-LA-04, el MORDAZA Juzgado Permanente en lo Contencioso Administrativo requirio por MORDAZA vez el cumplimiento de la sentencia de fecha 10.11.2014, resolucion que nunca se puso en conocimiento a la Sub Gerencia de Personal y se ha iniciado un MORDAZA penal por resistencia a la Autoridad que obra ante la 41 Fiscalia Penal de Lima. Ejercio la defensa de este caso el Ex Procurador Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera. c.3.3.- En el Expediente Nº 11290-2012-94-1801-JRCI-01, en la Resolucion Nº 27 informan sobre la persistente negativa de la Municipalidad a reponer al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que ello responde a una conducta impropia bajo apercibimiento de multa (que ya existe) y ser denunciado por desacato a la autoridad. La Sub Gerencia de Personal desconocia de dicho requerimiento. Estaba a cargo de este MORDAZA el Ex Procurador Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera. c.3.4.- Existe un MORDAZA con el senor MORDAZA Butron MORDAZA, relacionado a una accion de MORDAZA en la cual ha intervenido la Defensoria del Pueblo, puesto que existe un rehusamiento por parte de la Municipalidad de acatar lo dispuesto por el juez, ademas se no ha impuesto una multa por una unidad de referencia procesal conforme a la Resolucion Nº 18 del 07.10.2014. Estaba a cargo de este MORDAZA el Ex Procurador Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera. c.4.1.- Escritos de Expedientes Civiles:
EXPEDIENTE 46644-2002-0-1801-JR-CI-06 DEMANDANTE ELECTROLIMA S.A. DEMANDADO MATERIA MDCH Obligacion de dar suma de dinero INDECOPI Nulidad de la resolucion administrativa Cumplimiento contrato Cumplimiento contrato de

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

c.3.5.- Que, el Expediente Nº 80-2001-88-1801-JRLA-19, MORDAZA interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre Ejecucion de Resolucion Administrativa, se requiere a la Municipalidad para que dentro del tercer dia de notificada cumpla con incluir en la planilla unica de haberes los conceptos de Racionamiento y Movilidad equivalente a 3.5 veces de la Remuneracion Minima MORDAZA a favor de del demandante; Resolucion que con fecha 12.02.2014 la Municipalidad de Chorrillos apela dicha Resolucion y con fecha 03.12.2014; la MORDAZA Sala Laboral de la Corte Superior de MORDAZA mediante Resolucion Nº 02 confirma la Resolucion Nº104; por cuanto se solicita que se de cumplimiento en el plazo de tres dias (03), haciendo el 30.12.2014 un requerimiento mas, dejando consentir asi de manera injustificada una sentencia o auto, perjudicando los intereses de la municipalidad. Por cuanto en este MORDAZA la defensa de la Municipalidad de Chorrillos estuvo a cargo los Ex Procuradores Abg. MORDAZA de la MORDAZA Ugarte, Abg. MORDAZA del MORDAZA Ucanan MORDAZA, Abg. MORDAZA Rosse MORDAZA Tacxi, y el Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme consta en el expediente que contiene los escritos de apelaciones, de consignaciones, absolucion de traslados, etc. Suscritos por los procuradores MORDAZA mencionados en los anos 2009 al 2014. C.3.6.- Que, con Expediente Nº 5981-2008-0-1801JR-CA-09, interpuesto por Reayo Oyarce MORDAZA MORDAZA sobre Ineficacia de Resolucion o Acto Administrativo, contra la Municipalidad de Chorrillos, el mismo que mediante Resolucion Nº 13 de fecha 23.06.2014 el Juez del 9º Juzgado Permanente exige a la Municipalidad cumpla con el plazo de 20 dias el mandato judicial con calidad de cosa juzgada; por cuanto con Resolucion Nº 14 exige por MORDAZA vez a la entidad demandada cumpla con el plazo de 10 dias con el mandato judicial dispuesto en la sentencia de vista de fecha 10.10.2012, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de las piezas procesales pertinentes al ministerio publico, a fin de que inicie el MORDAZA penal correspondiente en base a lo dispuesto por el articulo 4º de la ley organica del poder judicial. Sin perjuicio de lo expuesto se requerira al Organo de Control Institucional para que inicie el respectivo MORDAZA administrativo. La defensa legal estuvo a cargo de la Ex Procuradora MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien interpuso la demanda y posteriormente ejercio la defensa el Ex Procurador Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera. c.4.- Expedientes civiles administrativos sin archivar.y contenciosos

Asimismo en el area de Procuraduria Publica Municipal, al momento de realizar el inventario se encontro escritos de expedientes civiles y contenciosos administrativos sin archivar, los cuales se presumen que no han sido presentados al juzgado correspondiente, puesto que se han impreso tres ejemplares, dos que van dirigidos al juzgado y uno que queda como cargo para la municipalidad, los cuales no tienen sello ni fecha de recepcion. A continuacion se detallan los escritos para un mejor conocimiento y observacion de los mismos:

02694-2012-0-1801-CI-17

MDCH

56633-1997-0-1801-JR-CI-02

PRISMA CONTRATISTAS GENERALES SAC PRISMA CONTRATISTAS GENERALES SAC

MDCH

60308-1997-0-1801-JR-CI-27

MDCH

de

SUMILLA Cumple consignacion del mes de MORDAZA, MORDAZA, junio y MORDAZA de 2014 17 Permanente en Lo A p e r s o n a Contencioso Administrativo Delegacion de La Corte Superior De MORDAZA 49 Civil De La Corte Cumple consignacion Superior De Justicia De del mes de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, junio y MORDAZA de 2014 48 Especializado en Lo Cumple consignacion Civil De La Corte Superior del mes de MORDAZA, De Justicia De MORDAZA MORDAZA, junio y MORDAZA de 2014 Especializado en Ejecucion de Sentencias Supranacionales Inejecutabilidad de la Resolucion Nº09

JUZGADO 06 Especializado Constitucional

60308-1997-0-1801-JR-CI-25

PRIMA CONTRATISTAS GENERALES SA

MDCH

Cumplimiento contrato

de