Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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como maximo. En funcion del giro concedido, se podra disponer horarios especiales, turnos y otras modalidades, previo al informe tecnico correspondiente. Articulo 24º.- Los tipos de comercio en los espacios publicos son: a. Modularizado, esto es, aquel que se desarrolla dentro de un modulo, entendido este como bien mueble o vehiculo no motorizado, que se ubica en los espacios publicos autorizados, puede ser movible o estacionario y reune las caracteristicas establecidas por la municipalidad para la ubicacion determinada por esta. b. Personalizado, es aquel que se desarrolla de modo personal en triciclos, sin necesidad de tener un modulo, pero con una ubicacion debidamente autorizada o un recorrido preestablecido autorizados por la municipalidad, cuyos giros seran autorizados mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 25º.- Los giros o actividad economica especifica de comercio autorizados son: 1. Golosinas y bebidas gaseosas o agua mineral (comprende unicamente aquellas envasadas, con registro sanitario y fecha de vencimiento) 2. Frutas 3. Emoliente (comprende ademas, la venta de quinua, maca, ponche, soya y otros de igual naturaleza) 4. Anticuchos, picarones y yuquitas 5. Sandwiches 6. Jugos de naranja 7. Dulces tradicionales (mazamorra, arroz con leche, crema volteada, gelatina y similares) 8. Diarios, revistas, libros y loterias 9. Artesanias 10. Duplicado de llaves. 11. Lustradores de calzado TITULO IV DEL EXPENDIO DE COMIDAS CAPITULO I COMIDAS PREPARADAS Articulo 26º.- Para el expendio de comidas preparadas, el emprendedor debera cumplir las siguientes condiciones: a. Portar el carne de sanidad. En caso de tener un asistente, este tambien debera contar con dicho carne. b. Los alimentos se expenderan en envases descartables. c. Los recipientes que almacenan los alimentos, deberan estar en MORDAZA estado de higiene y conservacion y contar con tapas o cubiertas, para su proteccion adecuada. d. El emprendedor que se dedique a la venta de comidas preparadas debera usar uniforme, mandil, gorro y guantes, cuyo modelo se determinara a traves de Decreto de Alcaldia. La MORDAZA debe ser y lucir aseada. e. Los emprendedores que utilicen un balon de gas, este no podra ser mayor a 5 kilos y debera estar acompanado de un extintor de 6 kilos. Articulo 27º.- El equipo del emprendedor debe cumplir con las siguientes caracteristicas tecnicas: a. El modulo para la exposicion y almacenamiento de la mercaderia, contendra todos los productos a comercializar, incluyendo el espacio para los alimentos frios, si fuera el caso. Dicho mobiliario debe cumplir las condiciones tecnicas especificas brindadas por la municipalidad. b. Un banco o asiento, que sera de uso del emprendedor. c. Un cobertor adosado al modulo de ventas, definida tecnicamente por el area respectiva, para la proteccion de los productos y de los emprendedores. Un deposito adosado al modulo para los residuos solidos generados por la comercializacion. d. Un extintor adosado al modulo. e. Un botiquin adosado al modulo. CAPITULO II

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

DEL EXPENDIO DE COMIDA EN VEHICULOS MOTORIZADOS Articulo 28º.- Para la preparacion y expendio de comida en vehiculos motorizados en espacios publicos, se debe contar con una Autorizacion Municipal Excepcional otorgada por la municipalidad, hasta por un periodo MORDAZA de 06 (seis) meses, contados a partir de la fecha de expedicion de la autorizacion. Debera solicitarse su renovacion MORDAZA de la fecha de vencimiento. Para el efecto, el emprendedor debera reunir los mismos requisitos establecidos en los articulos 26º y 27º de la presente MORDAZA, salvo los previstos en los literales a) y c) de este ultimo. Articulo 29º.- La Autorizacion Municipal Excepcional es el unico documento que autoriza al titular a ejercer la preparacion y el expendio de comida en vehiculos motorizados se formaliza mediante resolucion emitida por la Subgerencia de Licencias y Comercio, la misma que concedera la autorizacion a los que califiquen para el espacio publico determinado por la Gerencia de Desarrollo Economico y Cooperacion Tecnica, a la MORDAZA y evaluacion previa de los siguientes documentos: a. Croquis de ubicacion exacta del vehiculo motorizado de expendio de comida. b. Tarjeta de propiedad del vehiculo. c. Licencia de conducir vigente del conductor. d. Seguro obligatorio de accidentes de MORDAZA vigente. e. Revision tecnica vigente del vehiculo. f. Pago por derecho de tramitacion. TITULO V DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPRENDEDORES Articulo 30º.- Son derechos de los emprendedores: a. Tener acceso a un debido procedimiento garantizando la tutela juridica. b. Ser tratado con respeto y consideracion por el personal de la administracion municipal, en condiciones de igualdad de derecho con los demas administrados. c. Ser notificado oportunamente de los actos que le conciernen. d. Participar en el MORDAZA de modernizacion de la MORDAZA y formar parte de la oferta de bienes y servicios del distrito. e. Que se le brinde oportunidades para lograr un trabajo sostenible. Articulo 31º.emprendedores: Son obligaciones de los

1. Obtener la autorizacion municipal temporal o excepcional para el desarrollo de la actividad comercial en el espacio publico previo al ejercicio del comercio en los espacios publicos. 2. Conducir personalmente el modulo, quedando prohibida la presencia de terceras personas no autorizadas, salvo el asistente temporal segun plazos y casos contemplados por el articulo 16º de la presente norma. 3. Desarrollar unicamente el giro autorizado por la autoridad municipal dentro del horario determinado, en el espacio senalado. 4. Exhibir en un lugar visible la autorizacion. 5. Acatar los parametros tecnicamente aprobados sobre modulacion, relativas al diseno, MORDAZA, material y medidas establecidas por la autoridad municipal, asi como mantener en buen estado de conservacion el mobiliario autorizado. 6. Mantener limpio el espacio publico autorizado en un ambito no menor de 05 (cinco) metros a la redonda, debiendo contar con un deposito con tapa MORDAZA vaiven, con una bolsa interna para su facil recojo, de tamano regular adherido al modulo para el deposito de desperdicios, haciendose responsable de la limpieza de