Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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Articulo 10º.- CONSECUENCIA DE LA PERDIDA DE BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO Cuando el fraccionamiento se MORDAZA otorgado por deudas sin beneficio, una vez emitida la resolucion de perdida de fraccionamiento, vencido el plazo de veinte (20) dias habiles, se iniciara la cobranza coactiva respectiva. Cuando el convenio se MORDAZA otorgado por deudas con beneficios, al operar la perdida del fraccionamiento, se recalcula la deuda total fraccionada desde la fecha de generacion de la misma con los intereses moratorios (TIM) vigente. La cuota inicial y las cuotas mensuales que se hubieran cancelado, compensaran primero los intereses y la deuda principal mas antigua y asi sucesivamente. La perdida de fraccionamiento implica tambien la perdida de beneficios adicionales que el deudor hubiera obtenido con el fraccionamiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los fraccionamientos otorgados con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, se adecuaran a la presente norma. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Nº 014-2007MDLP/ALC y toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- Los fraccionamientos que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza se encuentren con dos o mas cuotas vencidas, deberan ser remitidos a ejecutoria coactiva para el inicio de su cobranza forzosa. Cuarta.- DELEGAR en el senor MORDAZA la facultad para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Quinta.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Ordenanza. Sexta.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologia de la Informacion la publicacion de la Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. servicioalciudadano.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta. gob.pe). Setima.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en El Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RISI CARRASCAL MORDAZA 1227204-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

Ordenanza que suspende temporalmente la aplicacion de infracciones con Codigos Nº 08-08, 08-09 y 08-11 aprobadas en el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de La Punta
ORDENANZA Nº 005-2015-MDLP/AL La Punta, 16 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesion Ordinaria Nº 012-2015 de fecha 14 de MORDAZA del 2015 con el MORDAZA aprobatorio de los regidores distritales, con dispensa del tramite de comision y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO: El Informe Nº 051-2015-MDLP-GR del 07 de MORDAZA de 2015, emitido por la Gerencia de Rentas, y;

Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad con el articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en cuanto a la capacidad sancionadora, las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras. A solicitud de la municipalidad respectiva o del ejecutor coactivo correspondiente, la Policia Nacional prestara su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan, bajo responsabilidad; Que, mediante la Ordenanza Nº 002-2015-MDLP-AL, publicada el 13 de marzo de 2015, se aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RAS) de la Municipalidad, asi como su Cuadro de Infracciones y Sanciones; Que, con Informe Nº 051-2015-MDLP-GR, la Gerencia de Rentas propone suspender temporalmente la aplicacion de los codigos de infraccion Nº 08-08, 08-09 y 08-11 establecidos en el Cuadro de Infracciones y Sanciones (Anexo 01), que forma parte de la Ordenanza Nº 0022015-MDLP/AL. Dichas infracciones se justificaron, en su momento, en la proteccion la seguridad fisica de los banistas, que acuden masivamente a las playas de este Distrito en la temporada estiva; sin embargo, habiendo concluido esta, resuelto procedente en este momento, lo suspension de los detallados, en tanto se de una solucion a las actividades realizadas por los pescadores del Distrito; Que, en atencion a que la presente Ordenanza tiene por finalidad el beneficio directo de los habitantes del Distrito y desarrollo del mismo, es decir, es de interes publico, en aplicacion del numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicacion del proyecto de la misma; Que, de conformidad a lo previsto en el articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, las Ordenanzas son normas con rango de ley, y al respecto, el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 134-2015MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, APROBO la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA APLICACION DE LAS INFRACCIONES CON CODIGOS Nº 08-08, 08-09 Y 08-11 APROBADAS EN EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Articulo 1º.- Suspender temporalmente la aplicacion de las infracciones indicadas a continuacion, las mismas que forman parte del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobadas mediante la Ordenanza Nº 002-2015-MDLP/ AL, MORDAZA que aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas: