Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

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publicacion, conforme al articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese.

Talara ­ Interconexion LT 220 kV S.E. Talara ­ S.E. Piura; y la solicitud de modificacion al Contrato de Concesion Nº 372-2011; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 045-2011EM, publicada el 01 de junio de 2011, se otorgo a favor de Energia Eolica S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica con la Linea de Transmision en 220 kV Central Eolica Talara ­ Interconexion LT 220 kV S.E. Talara ­ S.E. MORDAZA, ubicada en el distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 3722011; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 034-2012EM, publicada el 19 de febrero de 2012, se aprobo a favor de Energia Eolica S.A. la Primera Modificacion al Contrato de Concesion Nº 372-2011, a que se refiere el considerando que antecede, a fin de prorrogar la construccion de la Central Eolica Talara y su interconexion al Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN), y de esta forma concluir las obras, pruebas y energizacion el 15 de MORDAZA de 2013; Que, mediante el documento ingresado con registro N° 2369040 el 18 de febrero de 2014, complementado con el documento ingresado con registro Nº 2415765 el 23 de MORDAZA de 2014, Energia Eolica S.A. solicito la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 3722011, sustentada en las mismas razones de fuerza mayor calificadas como tal y que motivaron la Sexta Modificacion al Contrato de Concesion para el Suministro de Energia Renovable al Sistema Electrico Interconectado Nacional (Contrato de Suministro), correspondiente al proyecto Central Eolica Talara, aprobada mediante la Resolucion Ministerial N° 540-2014-MEM/DM de fecha 15 de diciembre de 2014, con la finalidad de compatibilizar el cronograma del Contrato de Suministro al Contrato de Concesion Nº 372-2011, puesto que ambos contratos se refieren al mismo proyecto, y de esta manera prorrogar la Puesta en Operacion Comercial al 31 de agosto de 2014; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinion a que se refiere el Informe N° 746-2014-DGE-DCE, corresponde aprobar la MORDAZA Modificacion del Contrato de Concesion N° 372-2011 en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53 y el articulo 54 del citado Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion N° 372-2011, relacionado a la Linea de Transmision en 220 kV Central Eolica Talara ­ Interconexion LT 220 kV S.E. Talara ­ S.E. MORDAZA, en los aspectos referidos a modificar la Clausula Septima, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion N° 372-2011, aprobada en el articulo precedente y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que de origen la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion N° 372-2011. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1228478-10

Aprueban Tercera Modificacion al Contrato de Concesion N° 367-2011 referente a concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica, otorgada a favor de Energia Eolica S.A.
RESOLUCION SUPREMA N° 014-2015-EM MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Expediente N° 17266310, organizado por Energia Eolica S.A., sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la Central Eolica Talara; y la solicitud de la Tercera Modificacion al Contrato de Concesion N° 367-2011; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema N° 033-2011EM, publicada el 27 de MORDAZA de 2011, se otorgo a favor de Energia Eolica S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la Central Eolica Talara, con una potencia instalada de 30 MW, ubicada en el distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, aprobandose el Contrato de Concesion N° 3672011; Que, mediante la Resolucion Suprema N° 001-2012EM, publicada el 04 de enero de 2012, se aprobo a favor de Energia Eolica S.A. la Primera Modificacion al Contrato de Concesion N° 367-2011, a que se refiere el considerando que antecede, a fin de prorrogar la construccion de la Central Eolica Talara y de esta forma concluir las obras, pruebas y energizacion el 20 de junio de 2013; Que, mediante la Resolucion Suprema N° 005-2014EM, publicada el 26 de enero de 2014, se aprobo a favor de Energia Eolica S.A. la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion N° 367-2011, a fin de prorrogar la construccion de la Central Eolica Talara y de esta forma concluir las obras, pruebas y energizacion el 18 de febrero de 2014; Que, mediante el documento ingresado con registro N° 2369035 el 18 de febrero de 2014, complementado con el documento ingresado con registro Nº 2415768 el 23 de MORDAZA de 2014, Energia Eolica S.A. solicito la Tercera Modificacion al Contrato de Concesion Nº 3672011, sustentada en las mismas razones de fuerza mayor calificadas como tal y que motivaron la Sexta Modificacion al Contrato de Concesion para el Suministro de Energia Renovable al Sistema Electrico Interconectado Nacional correspondiente al proyecto Central Eolica Talara, aprobada mediante la Resolucion Ministerial N° 5402014-MEM/DM de fecha 15 de diciembre de 2014, con la finalidad de compatibilizar el cronograma de dicho Contrato Suministro al Contrato de Concesion Nº 367-2011, puesto que ambos contratos se refieren al mismo proyecto, y de esta manera prorrogar la Puesta en Operacion Comercial al 31 de agosto de 2014; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinion a que se refiere el Informe N° 754-2014-DGE-DCE, corresponde aprobar la Tercera Modificacion al Contrato