Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2015 (23/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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Articulo 3º.- Ambito La ordenanza es aplicable a toda actividad de comercio que se desarrolle en espacios publicos autorizados, temporal o excepcionalmente, dentro de la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA, siendo de obligatorio cumplimiento para los emprendedores que la lleven a cabo. CAPITULO II COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ORGANOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA A CARGO DE AUTORIZAR, CONTROLAR Y FISCALIZAR EL COMERCIO EN LOS ESPACIOS PUBLICOS Articulo 4º.- Funciones especificas de la Gerencia de Desarrollo Economico y Cooperacion Tecnica: 4.1. Determinar tecnicamente, con apoyo de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, los espacios publicos idoneos para el desarrollo de actividades comerciales, que se aprobaran mediante Decreto de Alcaldia, reservandose la facultad de reconsiderar la opcion si la MORDAZA pierde idoneidad, sea por razones de ornato, paisajismo, obras municipales, salud, reclamos vecinales, en cuyo caso puede optar por cambios de ubicacion, horario, giro, entre otras alternativas que compensen la oferta de venta. 4.2. Constituir programas municipales que tengan por objetivo el ordenamiento del comercio en los espacios publicos, asi como el MORDAZA de formalizacion de los emprendedores. 4.3. Brindar asesoria tecnica, legal y financiera a los emprendedores autorizados a emplear el espacio publico, para que se integren a la cadena de distribucion de bienes y servicios del distrito, asi como capacitacion y asistencia tecnica a efectos de contribuir en la formacion de una cultura emprendedora inclusiva complementaria al negocio formal, no de sobrevivencia. 4.4. Administrar el padron de emprendedores autorizados para ejercer el comercio en los espacios publicos. 4.5. Determinar los giros para desarrollar el comercio en los espacios publicos segun la realidad del distrito, constituyendo en todos los casos una oferta complementaria a los negocios formales. 4.6. Otorgar permisos por ausencias de los titulares de las autorizaciones vigentes, en casos de emprendedores ambulantes con discapacidades graves, enfermedades, adulto mayor y por ausencias temporales justificadas, los cuales no podran exceder de 60 (sesenta) dias calendario. 4.7. Resolver las apelaciones que se interpongan contra las resoluciones subgerenciales emitidas por la Subgerencia de Licencias y Comercio. 4.8. Coordinar con la Subgerencia de Inspecciones y Control de Sanciones y la Gerencia de Fiscalizacion y Control la imposicion de sanciones contra las infracciones a lo previsto en la presente MORDAZA conforme al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas -RAS. 4.9. Celebrar alianzas con asociaciones de emprendedores autorizados para el desarrollo de actividades comerciales en los espacios publicos. Articulo 5º.- Funciones especificas Subgerencia de Licencias y Comercio de la

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2015

luego de haberse agotado la via administrativa a traves un MORDAZA sancionador, en el que se le MORDAZA encontrado responsable de la infraccion que motivo este. 6.3 Perseguir las sanciones pecuniarias que han quedado firmes y de ser el caso, derivar a la Subgerencia de Ejecucion Coactiva para la prosecucion del tramite de cobranza. Articulo 7º.- Funciones especificas de la Subgerencia de Inspecciones y Control de Sanciones 7.1. Emitir resolucion sub-gerencial por la cual resuelve la imposicion de una sancion o la no existencia de esta respecto a las notificaciones de infraccion, despues de cinco dias habiles de notificada, salvo en la aplicacion y ejecucion de medidas complementarias en el que no esta sujeto al plazo, las resoluciones resolveran los descargos interpuestos dentro de los cinco dias y podran imponer sanciones pecuniarias y/o administrativas, segun corresponda. Tambien resolvera los recursos de reconsideracion interpuestos contra las resoluciones emitidas por la sub-gerencia. 7.2. Aplicar las medidas complementarias no pecuniarias previstas en el Titulo VI, sobre el Procedimiento Sancionador, de la presente ordenanza. Articulo 8º.- Funciones especificas de la unidad de fiscalizadores instructores 8.1. Imponer la notificacion de infraccion municipal contra los emprendedores que incurran en infraccion a la presente norma. 8.2. Tener bajo su cargo la fase de instruccion del procedimiento sancionador. 8.3. Aplicar, de modo provisional, medidas complementarias tales como intervencion, retiro y recuperacion de los espacios publicos ocupados sin autorizacion municipal o con autorizacion vencida o cuando sobrevienen causas como las descritas en el articulo 4º, numeral 4.1 de la presente norma. Si resulta indispensable, puede ser asistida por los agentes de la Subgerencia de Serenazgo. TITULO II DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL TEMPORAL CAPITULO I REQUISITOS, CARACTERISTICAS Y VIGENCIA Articulo 9º.- Toda persona natural dedicada al comercio en los espacios publicos del distrito, requerira de una autorizacion municipal temporal o excepcional, otorgada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en lo sucesivo la municipalidad, para el desarrollo de sus actividades. Articulo 10º.- Para obtener la autorizacion municipal temporal, el comerciante en los espacios publicos autorizados, en adelante el emprendedor, presentara ante la Subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo los siguientes documentos: a. Formulario-solicitud gratuito proporcionado por la municipalidad, en que se acreditara que reune los requisitos establecidos en la presente ordenanza. b. Declaracion jurada en la que se indicara que no cuenta con ningun otro negocio, giro o ingreso, ni pariente directo del nucleo familiar que gestione o se dedique lo mismo en el distrito. c. MORDAZA de su documento nacional de identidad, con domicilio dentro del distrito de San Miguel. d. 02 (dos) fotografias a color con fondo MORDAZA, tamano carne. e. Croquis de ubicacion exacta del modulo y una fotografia de este. Verificada la documentacion por la Subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo, se remitira el expediente a la Subgerencia de Licencias y Comercio, la misma que, en un plazo no mayor a 15 (quince) dias habiles calificara al emprendedor y expedira, de corresponder, la autorizacion municipal temporal respectiva. Luego, el emprendedor al solo merito de su autorizacion municipal, pasara a formar a parte del Programa municipal de

5.1. Atender las solicitudes de los administrados que deseen emplear los espacios publicos para actividades de comercio y emitir resoluciones subgerenciales de autorizacion municipal temporal o excepcional, de corresponder. 5.2. Coordinar con la Subgerencia de Inspecciones y Control de Sanciones, el control del comercio en los espacios publicos autorizados y no autorizados, dejando a aquella, de corresponder, la implementacion del procedimiento sancionador. Articulo 6º.- Funciones especificas de la Gerencia de Fiscalizacion y Control 6.1. Resolver las apelaciones que contra resoluciones de sancion emitidas por la Subgerencia de Inspecciones y Control interpongan los infractores. 6.2. Revocar las autorizaciones municipales temporales o excepcionales, otorgado a un emprendedor,