Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

como los requisitos a los cuales deberan sujetarse los gobiernos locales para la referida distribucion; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 190-2010-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Programa de Modernizacion Municipal correspondiente al ano 2011; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, elimino la exigencia de diversos requisitos para la tramitacion de cualquiera de las modalidades de Licencias de Edificacion, contempladas en el articulo 25º de la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, entre ellas, el certificado de parametros urbanisticos y edificatorios y; las boletas de habilitacion de los profesionales que intervienen en el tramite; Que, es necesario incluir en el Programa de Modernizacion Municipal correspondiente al ano 2011 una meta en el area programatica "Generacion de condiciones favorables del clima de negocios: simplificacion de tramites", referida a Licencias de Edificacion acorde con lo dispuesto en la Ley Nº 29566, cuyo cumplimiento por parte de las municipalidades permita mejorar los niveles de competitividad del MORDAZA y en especial en el Ranking Doing Business; Que, por otro lado es necesario modificar la distribucion entre las municipalidades de los recursos no asignados por el incumplimiento de metas del ano 2011 establecida en el articulo 9º de los Decretos Supremos Nº 183-2010-EF y Nº 190-2010-EF, con la finalidad de generar las condiciones que permitan sentar las bases del desarrollo sostenido en las municipalidades que tienen menor desarrollo socio economico y puedan alcanzar los objetivos del Plan de Incentivos a la mejora de la Gestion Municipal y del Programa de Modernizacion Municipal; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporacion de meta al Programa de Modernizacion Municipal Incorporar en los Anexos Nº 02 y 03 del Decreto Supremo Nº 190-2010-EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Programa de Modernizacion Municipal del ano fiscal 2011, en el rubro "generacion de condiciones favorables del clima de negocios: simplificacion de tramites", para las Municipalidades de ciudades principales de MORDAZA A, la siguiente meta: "Anexo Nº 02 Objetivo: Eficacia en Tramite de Licencia de Edificacion Meta 6: No exigir y eliminar del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad el certificado de parametros urbanisticos y edificatorios y; las boletas de habilitacion de los profesionales de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias." "Anexo Nº 03
Categoria Meta No exigir y eliminar del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad el certificado de parametros urbanisticos y edificatorios y; las boletas de habilitacion de los profesionales de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias. Nivel de Ejecucion Objetivos Medio de Verificacion

Articulo 2º.- Modificacion del MORDAZA parrafo articulo 9º del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF. Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 9º del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la mejora de la Gestion Municipal segun el siguiente texto: "Articulo 9º..- Recursos no asignados por incumplimiento de las metas (...) Para dichos efectos, la sumatoria de los recursos no asignados a las Municipalidades, se distribuye solo entre las Municipalidades que hayan cumplido con todas las metas que le fueron establecidas para dicho ano fiscal en el MORDAZA del presente Plan de Incentivos. (...)" Articulo 3°.- Modificacion del articulo 9º del Decreto Supremo Nº 190-2010-EF. Modificar el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 190-2010-EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas para la asignacion de los recursos del Programa de Modernizacion Municipal para el ano fiscal 2011 segun el siguiente texto: "Articulo 9º.- Recursos incumplimiento de las metas (...) no asignados por

Para dichos efectos, los recursos no asignados correspondientes a los cuatro grupos de municipalidades senalados en el articulo 5º de la presente MORDAZA, se distribuyen solo entre las Municipalidades del grupo correspondiente que hayan cumplido con todas las metas que fueron establecidas para el ano fiscal 2011. La distribucion de los recursos en cada grupo no excedera los siguientes porcentajes: a) Para el caso de las Municipalidades de ciudades principales MORDAZA "A"; 15% de los recursos no asignados a los cuatro grupos. b) Para el caso de las Municipalidades de ciudades principales MORDAZA "B"; 20% de los recursos no asignados a los cuatros grupos. c) Para el caso de las Municipalidades no consideradas ciudades principales con 500 o mas viviendas urbanas; 30% de los recursos no asignados a los cuatro grupos. Si luego de la distribucion de los recursos efectuada de conformidad con lo senalado en los parrafos precedentes, existen aun recursos por asignar, estos se adicionan para su distribucion a los recursos no asignados correspondientes al grupo de Municipalidades no consideradas ciudades principales con menos de 500 viviendas urbanas, para el cual no se establece un porcentaje maximo. La Direccion General del Presupuesto Publico determina los montos adicionales correspondientes a las municipalidades que cumplan con todas las metas del ano 2011, de acuerdo a la poblacion de cada distrito. Dichos montos son asignados de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 8.3 del articulo 8º de la presente norma." Articulo 4º.- De la vigencia La presente MORDAZA entrara en vigencia el 01 de enero de 2011. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

Generacion de condiciones favorables del clima de negocios: simplificacion admnistrativa

Eficacia en Municipalidades el tramite de Informe de de Ciudades Licencia de evaluacion Principales A Edificacion

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 584157-7