Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones, Titulo II, Capitulo V, articulos 37º al 42º establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como la propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en Registros Publicos. Asimismo, la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los componentes de diseno MORDAZA y diseno de vias condicionados por los criterios de diseno establecidos en la MORDAZA A 120 de accesibilidad para personas discapacitadas; Que, mediante Ordenanza Nº 238-MDA de fecha 07 de MORDAZA de 2010, que aprueba la Modificacion del Planeamiento Integral de modulos Viales de las Vias Principales y Secundarias de los Terrenos Ubicados en los Sectores Catastrales N° 20, N° 21 y N° 30, que incluye la aprobacion del Plano signado con el N° 0032010-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que deja sin efecto el plano N° 010-2008-PI-SGPUC-GDU/MDA, aprobado por Ordenanza N° 191-MDA, que a su vez deja sin efecto el Plano N° 004-2006-PI-SGPUC-GDU/MDA, aprobado mediante Ordenanza N° 143-MDA; Que, en la jurisdiccion del Distrito de Ate, se tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales tomando conocimiento de la realidad y reconocimiento del espacio fisico del sector, poniendo a disposicion un instrumento de gestion de ordenamiento del territorio mediante Planeamientos Integrales por sectores, motivo por el cual se intervino en terrenos que conforman los Sectores Catastrales N° 20, N° 21 y N° 30, cuya finalidad es el acondicionamiento progresivo detectandose terrenos rusticos, asi como ocupaciones y construcciones irregulares, debido al crecimiento desordenado de la poblacion, lo cual viene provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas que permitan adoptar la estrategia que permita inserte los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente determinando una estructura basica, promoviendo las gestiones de desarrollo y la promocion de la inversion, asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, es la encargada de ejecutar el Planeamiento Integral, en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas de la zonas a pedido de los interesados que conforman los Sectores Catastrales N° 20, N° 21 y N° 30, por lo que se requiere mediante la presente Ordenanza la definicion de modulos viales locales, adecuandola a la realidad fisica existente, siendo la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la que debe aprobarla por ser de su competencia; Que, la ampliacion del Planeamiento del MORDAZA MORDAZA se realizo basado en el cruce de informacion cartografica del IGN, COFOPRI y el SAN (Servicio Aerofotografico Nacional) adecuandolo a la situacion fisica existente; la modificacion de los modulos viales, incorporacion de nuevas organizaciones y ampliaciones al planeamiento; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los Senores Regidores asistentes a la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AMPLIACION DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES DE LAS VIAS PRINCIPALES Y SECUNDARIAS DE LOS TERRENOS UBICADOS EN LOS SECTORES CATASTRALES N° 20, N° 21 Y N° 30 Articulo Primero.- APROBAR el Planeamiento Integral de los Sectores Catastrales N° 20, N° 21 y N° 30, denominada MORDAZA MORDAZA y Ampliaciones, que comprende

el diseno de las redes y sus componentes viales, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al plano signado con Nº 013-2010-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza N° 088-MDA y sus modificatorias las Ordenanzas N° 143-MDA y N° 191-MDA que aprueba el Planeamiento Integral de los Modulos Viales de las Vias Principales y Secundarias de los terrenos ubicados en el Sector Catastral N° 30 denominado MORDAZA MORDAZA del Distrito de Ate, asi como los Planos N° 007-2005-PI-SGPUC-GDU/MDA, N° 0042006-PI-SGPUC-GDU/MDA y N° 010-2008-PI-SGPUCGDU/MDA los mismos que son parte integrante de dichas Ordenanzas. Articulo Tercero.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaria de Imagen Institucional, se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion para su conocimiento y fines. Articulo Sexto.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA de las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en el Planeamiento Integral de la Asociacion de Vivienda MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Grande, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes, una vez aprobados tendran caracter obligatorio debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 584109-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 349-MDJM, que aprobo amnistia para pago de deudas tributarias y administrativas
DECRETO DE ALCALDIA N° 019-2010-MDJM MORDAZA MORDAZA, 23 de diciembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA;