Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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manejo de deuda, con la correspondiente modificacion de las condiciones financieras de la operacion; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, y en la Ley Nº 29466; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por esta operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, la Ley Nº 29466, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01 que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico", y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento externo 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento- CAF -, hasta por un monto de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a cofinanciar la Concesion del Primer Componente "Obras Mayores de Afianzamiento Hidrico y de Infraestructura para Irrigacion de las pampas de Siguas", del Proyecto Majes MORDAZA II Etapa. 1.2 La operacion de endeudamiento externo sera cancelada en dieciocho (18) anos, que incluye cinco (05) anos de MORDAZA, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La citada operacion de endeudamiento devengara una tasa de interes LIBOR a seis (06) meses, mas un margen de 2,4% anual. 1.3 El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso equivalente a 0,25% anual sobre el saldo no desembolsado del prestamo; asi como una comision de financiamiento equivalente a 0,75% respecto del monto del prestamo y a gastos por evaluacion ascendente a US$ 15 000,00 (QUINCE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). Articulo 2°.- Conversion de Moneda y Conversion de Tasa de Interes 2.1 Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, para que en el MORDAZA de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1° de este decreto supremo, pueda ejercer los instrumentos financieros de Conversion de Moneda y Conversion de Tasa de Interes, mencionados en la parte considerativa de este decreto supremo. 2.2 Para tal fin, se autoriza al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, las instrucciones de conversion asi como toda la documentacion que se requiera para implementar los referidos instrumentos financieros. Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de los recursos provenientes de la citada operacion de endeudamiento externo, destinada a cofinanciar la Concesion del Primer Componente del Proyecto Majes MORDAZA II Etapa denominado: "Obras Mayores de Afianzamiento Hidrico y de Infraestructura para Irrigacion de las Pampas de Siguas", sera el Gobierno Regional del Departamento de Arequipa.

Articulo 4º.- Convenio de Traspaso de Recursos 4.1El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, traspasara al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA los recursos provenientes de la operacion que se aprueba por el presente decreto supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito entre dicho Ministerio con el citado Gobierno Regional y que sera aprobado por resolucion ministerial de Economia y Finanzas. 4.2 Dicho Convenio establecera, adicionalmente, los terminos y condiciones en los cuales el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA trasladara al Ministerio de Economia y Finanzas los recursos correspondientes al servicio de la deuda derivada de la operacion de endeudamiento externo. Articulo 5º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 6º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA transfiera dicho Ministerio para tal fin, en los terminos y condiciones que se establezcan en el referido Convenio de Traspaso de Recursos. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 584157-6

Incorporan nueva meta del Programa de Modernizacion Municipal del Ano Fiscal 2011 y modifican los Decretos Supremos Nº 183-2010-EF y 1902010-EF
DECRETO SUPREMO Nº 277-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.4 del articulo 1º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010, crea el Programa de Modernizacion Municipal y dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se desarrollan los criterios, metodologia, metas, uso, indicadores y procedimientos para la distribucion de los recursos, asi