Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para la implementacion del prestamo. Articulo 5º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que para tal efecto proporcionara oportunamente el Gobierno Regional del Departamento de San Martin. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 584157-2 DECRETO SUPREMO N° 273-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 137 630 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, hasta por la suma de EUR 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 EUROS), denominada "Programa de Reformas de los Sectores Sociales II", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) del numeral 4.1 del Articulo 4° de la Ley N° 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, el citado endeudamiento sera destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con el MORDAZA Macroeconomico Multianual Revisado 2011-2013; Que, por el caracter fungible de la operacion de endeudamiento externo, no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, la operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, y la Ley N° 29466; Que, sobre la referida operacion de endeudamiento han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del Articulo 22° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema

Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28563, y sus modificatorias, la Ley N° 29466, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, hasta por EUR 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 EUROS), denominada "Programa de Reformas de los Sectores Sociales II". 1.2 La citada operacion de endeudamiento externo sera cancelada en dieciocho (18) anos, los cuales incluyen cinco (05) anos de MORDAZA, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. Asimismo, dicha operacion de endeudamiento devengara una tasa de interes fija, la cual sera determinada por el KfW en la fecha de la firma del contrato de prestamo, en base a los tipos de interes vigentes en los mercados de capital de Europa para los prestamos de largo plazo mas un margen a ser determinado por el KfW de acuerdo a sus politicas sobre tasas de interes. 1.3 El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso equivalente a 0,25% anual sobre el principal del prestamo no desembolsado y a una comision de administracion del 1% sobre el monto total del prestamo, por una sola vez. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa de Reformas de los Sectores Sociales II" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, quien contara con el apoyo de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales (UCPS). Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 584157-3