Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

432168
Nº 44 Infraccion

NORMAS LEGALES
Base Legal Literal k) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

Sancion Multa de 10 UIT

Proporcionar informacion o documentacion falsa a cualquier entidad o funcionario vinculado a la autorizacion y fiscalizacion de la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas. No presentar la informacion requerida por la autoridad competente dentro de los plazos establecidos. Impedir u obstaculizar la labor de los inspectores de la autoridad competente. Operar un establecimiento que ha sido sancionado con cierre temporal o clausura. Incumplir el reglamento de operaciones interno de la sala de juego y los reglamentos de las modalidades de los juegos de casino. No canjear de inmediato y en efectivo las fichas o cualquier otro medio de juego, asi como no pagar los premios correspondientes. Emplear o consentir el uso de procedimientos dolosos, irregulares u operaciones ilicitas en las sala de jugo de casino o maquinas tragamonedas. Consentir o permitir la realizacion, dentro del establecimiento, de actos que atenten contra la moral, la salud y la seguridad publica. Utilizar fichas o medios de juego sin la aprobacion de la autoridad competente. Permitir el acceso o el juego a las personas prohibidas de ingresar y participar, segun lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley 27153. Explotar distintas modalidades de juegos de casino a los autorizados para ser explotados en la sala de juego. Explotar distintas modalidades de maquinas tragamonedas a los autorizados para ser explotados en la sala de juego. Explotar distintas modalidades de memorias de solo lectura a los autorizados para ser explotados en la sala de juego. No mantener las condiciones y requisitos por los que fue concedida la autorizacion expresa. Toda accion u omision por la que se contravenga o incumpla lo establecido en la Ley Nº 27153 normas modificatorias, normas reglamentarias o las directivas emitidas por la DGJCMT cuya gravedad se evaluara de conformidad con la Ley Nº 27444.

45 46 47 48 49 50

Literal l) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal m) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal n) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal o) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal p) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal q) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153

Amonestacion Multa de 30 UIT Multa de 20 UIT Multa de 10 UIT Multa de 10 UIT Multa de 10 UIT

51 52 53 54 55 56 57 58

Literal r) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal s) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal t) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal u) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal u) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal u) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Literal v) Num. 45.2º de la Ley Nº 27153 Num. 45.1º de la Ley Nº 27153

Multa de 10 UIT Multa de 01 UIT Cancelacion de la Autorizacion Expresa Multa de 05 UIT por cada mesa Multa de 03 UIT por cada maquina Multa de 01 UIT por cada memoria Cancelacion de la Autorizacion Expresa Multa de 01 a 1000 UIT

584157-9

Designan miembros del Comite Consultivo de Turismo y modifican R.M. Nº 051-2010-MINCETUR/DM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-2010-MINCETUR/DM MORDAZA, 27 de diciembre de 2010 Visto el Memorandum Nº 992-2010-MINCETUR/VMT, de fecha 14 de diciembre de 2010, de la Viceministra de Turismo. CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29408 ­ Ley General de Turismo, se dispuso una nueva conformacion del Comite Consultivo de Turismo, creado por Ley Nº 26961 ­ Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica, como un organo de coordinacion entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR y el sector privado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 051-2010MINCETUR/DM, publicada el 22 de marzo de 2010, se designo a los representantes del MINCETUR, de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, del Ministerio del Interior ­ MININTER, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI y de la Federacion de Guias de Turismo del Peru - FENAGUITURP; Que, mediante Oficio Nº 477-2010/PROMPERU/SG, la Secretaria General de PROMPERU ha comunicado la designacion de una nueva representante titular ante el Comite Consultivo de Turismo; Que, la Camara Nacional de Turismo ­ CANATUR y las Universidades e Instituciones Educativas vinculadas al

sector turismo han designado a sus representantes ante el Comite Consultivo de Turismo, por lo que corresponde formalizar dicha designacion; Que, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 0032010-MINCETUR, Reglamento de la Ley General de Turismo, establece que las designaciones de los miembros titulares y alternos del Comite Consultivo de Turismo se formalizan por Resolucion Ministerial del MINCETUR; De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 29408 - Ley General de Turismo y el Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como miembros del Comite Consultivo de Turismo a las siguientes personas, en representacion de las entidades que se detallan a continuacion: Por CANATUR · MORDAZA Alcorta Suero · MORDAZA MORDAZA Calvo (Titular) (Alterno)

Por las Universidades e Instituciones Vinculadas al Sector Turismo · MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA · MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA (Titular) (Alterno)

Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 051-2010-MINCETUR/DM, en la parte referida a la representante titular de PROMPERU, designando a la senorita MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Laredo