Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Callao", conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de este Decreto Supremo. La citada operacion de endeudamiento interno sera cancelada en cinco (05) anos, que incluyen dos (02) anos de MORDAZA, amortizandose mediante cuotas semestrales, consecutivas e iguales, a partir del primer desembolso del prestamo, devengando una tasa de interes del 4,53% efectiva anual. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del Proyecto "Mejoramiento de la Av. MORDAZA Gambetta - Callao" sera el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, a quien en aplicacion del literal c) del Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 052-2009, se le transferiran financieramente los recursos provenientes de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo precedente, para que MORDAZA destinados a la ejecucion de dicho Proyecto. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el contrato que formalice la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento interno que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con los recursos que para tal efecto proporcione la Autoridad Portuaria Nacional - APN. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 584157-1

EUR 5 300 000,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de MORDAZA - Construccion del Sistema Irrigacion Ponaza - Distrito de Tingo de Ponaza ­ Provincia de Picota Departamento de San Martin"; Que, tal operacion de endeudamiento se efectuara con cargo al Sub-Programa "Sectores Economicos y Sociales" referido en el literal a) del numeral 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 29466; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, y en la Ley Nº 29466; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Departamento de San Martin; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28563, y sus modificatorias, la Ley N° 29466, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento externo Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW, hasta por un monto de EUR 5 300 000,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el "Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de MORDAZA Construccion del Sistema Irrigacion Ponaza - Distrito de Tingo de Ponaza ­ Provincia de Picota - Departamento de San Martin". La citada operacion de endeudamiento externo sera cancelada en un plazo de treinta (30) anos, que incluye un periodo de MORDAZA de diez (10) anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 2,0% anual. Asimismo, estara sujeta a una comision de compromiso equivalente al 0,25% anual sobre el saldo del prestamo no desembolsado. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de MORDAZA - Construccion del Sistema Irrigacion Ponaza - Distrito de Tingo de Ponaza ­ Provincia de Picota - Departamento de San Martin" sera el Gobierno Regional del Departamento de San Martin. Articulo 3º.- Convenio de Traspaso de Recursos El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, traspasara al Gobierno Regional del Departamento de San MORDAZA los recursos de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1° del presente decreto supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que sera aprobado mediante resolucion ministerial. Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo; asi

Aprueban Operaciones de Endeudamiento Externo con el KfW
DECRETO SUPREMO Nº 272-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta US$ 2 137 630 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de dicha autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW, hasta por