Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 19 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los ocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho. FRANK EDUARDO SANCHEZ ROMERO Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a 20 de junio de 2018. LUIS A. VALDEZ FARÍAS Gobernador Regional 1789765-1 DEL GOBIERNO

Aprueban el "Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas en la Región La Libertad" - 2018 al 2021
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Oficio Nº 400-2019-GRLL-GRA/SGLSG, recibido el 17 de julio de 2019) ORDENANZA REGIONAL N° 017-2018-GRLL/CR ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DEL CONSUMO DE DROGAS - 2018 - 2021 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 2°, 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias Ley N°27902 y demás normas complementarias, EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha ocho de Junio de 2018, el Oficio N° 004-2018-GR-LL/CRCOMDIS, que contiene el Dictamen de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional de La Libertad, recaído en la Propuesta de Ordenanza Regional relativo a Aprobar el "Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas de La Región La Libertad 2018- 2021, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 4° establece que la finalidad esencial de los Gobiernos Regionales es garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes

y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; el literal a) del artículo 15º prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias en competencia y funciones del Gobierno Regional; el segundo párrafo del inciso a) del artículo 45º del mismo cuerpo de leyes, señala que los Gobiernos Regionales definen, forman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales; en su inciso b), numeral 1), establece; como funciones generales, la función normativa y reguladora, mediante la cual los Gobiernos Regionales elaboran y aprueban normas de alcance regional y regulan los servicios de su competencia; en el numeral 2, prescribe la función de planeamiento mediante la cual los gobiernos regionales diseñan políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralización; el artículo 46 del mismo cuerpo de leyes, establece que las funciones especificadas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas específicas regionales, las cuales se formarán en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia. Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM, se aprueba la "Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 2017-2021", documento que señala el rol institucional en el Estado Peruano, estableciendo como función principal, formular y proponer la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, así como de diseñar las Políticas Nacionales de reducción de la demanda de drogas. Que, la Región La Libertad la Región La Libertad no es ajena al consumo de drogas y se reconoce que es un fenómeno de naturaleza compleja, el cual impacta de diversa manera a nuestra población, atentando contra la salud pública, el desarrollo social y familiar de las personas e incluso contra la seguridad ciudadana. Por ello la prevención y el tratamiento del uso de drogas, implica se aborde integralmente como una política del gobierno regional La Libertad, involucrando a todas las instituciones públicas de todos los niveles de gobierno, así como organizaciones sociales. Que, mediante Ordenanza Regional N° 027-2016-GRLL/CR de fecha 24 de Octubre de 2016, se declara de necesidad regional la prevención y tratamiento de las drogodependencias, así como el control de la oferta de drogas en la región la libertad; asimismo en su Artículo Tercero resuelve conformar la Mesa Regional de Lucha contra el Consumo de Drogas en la Región La Libertad. Que, en el Artículo Quinto de la Ordenanza Regional N° 027-2016-GR-LL/CR, encarga a la Mesa Regional de Lucha contra el Consumo de Drogas en la Región La Libertad la elaboración del Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Uso Indebido de Drogas ­PRPTDR 2018-2021, que tendrá como objetivo contribuir a disminuir el consumo de drogas a nivel regional a través de las intervenciones preventivas y terapéuticas que fortalezcan el desarrollo personal y generen espacios protectores en la comunidad, familia y escuela, en un trabajo articulado del Gobierno Regional, Gobiernos Locales, representaciones sectoriales y regionales y sociedad civil, a través de la puesta en marcha de programas, proyectos y actividades relacionadas con la prevención y atención del consumo y dependencias a las drogas y la previsión de los recursos necesarios para su implementación. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 21062017-GRLL/GOB de fecha 7 de Noviembre de 2017, se aprueba la modificación del Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional N° 995-2017-GRLL/GOB de fecha 6 de Junio de 2017, en el sentido que se designa como Representante del Gobierno Regional de La Libertad ante la Mesa Regional de Lucha contra el consumo de drogas de la Región La Libertad, a la Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social Mg. Tania Soledad Baca Romero. Que, mediante Oficio N° -2017-GRLL-GGR/GRDIS de fecha diciembre de 2017, la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, en su condición de Presidenta de la Mesa Regional de Lucha contra el Consumo de Drogas en la Región La Libertad, presenta la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas en la Región La Libertad 2018 al 2021.