Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

28

NORMAS LEGALES

Viernes 19 de julio de 2019 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Jefe de la Zona Registral N° XIV ­ Sede Ayacucho
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 145-2019-SUNARP/SN Lima, 18 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 0122013-JUS, es facultad del Consejo Directivo nombrar y remover a los Jefes de las Oficinas Registrales Desconcentradas; Que, el cargo de confianza de Jefe de la Zona Registral N° XIV - Sede Ayacucho se encuentra vacante; por lo que, resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Que, en la Sesión N° 372 de fecha 17 de julio de 2019, el Consejo Directivo de la Sunarp ha aprobado la designación del Jefe de la Zona Registral N° XIV - Sede Ayacucho; Con el visado de la Gerente General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el literal j) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designación. Designar, a partir del 31 de julio de 2019, en el cargo de confianza de Jefe de la Zona Registral N° XIV ­ Sede Ayacucho, al abogado Carlos Miguel Campos Gutiérrez. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros Publicos 1790068-1

VISTO: El Informe Técnico Nº 024-2019-SUNARP/DTR del 15 de julio de 2019, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum Nº 908-2019-SUNARP/OGTI del 10 de julio de 2019, de la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Memorándum Nº 562-2019-SUNARP/ OGAJ del 12 de julio de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es un organismo público descentralizado y ente rector responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, teniendo, entre sus funciones y atribuciones, la de realizar el saneamiento físico legal de bienes inmuebles de las entidades públicas del Gobierno Nacional; inclusive, de aquellas comprendidas en proyectos de inversión, obras de infraestructura y servicios públicos del Estado; las cuales son susceptibles de inscribirse en el registro de predios de la SUNARP; Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 120-2019-SUNARP/SN, se aprueba la Directiva DI-002-SNR-DTR, Directiva que regula el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP para la generación, presentación, trámite e inscripción del título electrónico ante el registro; es decir, se establece un marco normativo general para el servicio digital de presentación electrónica de títulos al registro proveniente de notarios, personas naturales, personas jurídicas, entidades públicas y jueces, conforme a la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM; Que, el inciso b) del numeral 6.1 de la aludida Directiva, señala como presupuesto para la afiliación de las entidades públicas al Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional, a fin que, de ser el caso, la entidad pública, desarrolle los componentes informáticos necesarios en su entorno operativo, para el acceso de sus funcionarios o servidores públicos competentes, en la generación y presentación de títulos al registro con firma digital, los cuales se vinculan a los sistemas registrales mediante el web service de la SUNARP; Que, en ese contexto, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, suscribieron, con fecha 09 de julio de 2019, un convenio de Cooperación Interinstitucional que tiene por objeto la presentación electrónica de solicitudes de inscripción de los actos inscribibles en el registro de predios dispuestos por la SBN mediante resolución administrativa y, de ser el caso, de documentos complementarios de acuerdo al marco normativo vigente; Que, la tecnología de la firma digital no solo ha logrado ser una medida eficaz en la lucha contra la falsificación documentaria al prescindir del soporte papel en el procedimiento de inscripción registral, sino también, ha permitido simplificar actuaciones internas propias de la institución registral relacionadas al trámite de documentos, a razón de que, en este caso, el título presentado electrónicamente por los funcionarios de la SBN ingresa directamente a la carga laboral del registrador con el respectivo asiento de presentación, contribuyendo, de forma eficiente y efectiva, al saneamiento de la propiedad estatal mediante la inscripción; Que, la Dirección Técnica Registral, mediante el Informe de Visto, comunica que se han ejecutado las adecuaciones y pruebas técnicas en el Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP) para habilitar

Autorizan presentación electrónica de resoluciones administrativas con firma digital de la SBN, a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP, para la inscripción de actos de transferencia de la propiedad, afectación o derecho de uso y en general, aquellos actos vinculados al saneamiento de la propiedad estatal en el Registro de Predios
RRESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 146-2019-SUNARP/SN Lima,18 de julio de 2019