Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 19 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con la Constitución Politica del Perú de 1993, y en el uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902 y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional APROBÓ POR UNANIMIDAD. Artículo Primero.- RATIFICAR, el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2018 La Libertad aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), mediante Acta de fecha 13 de febrero del 2018; de conformidad con lo establecido en el artículo 19° inciso e) Del Decreto Supremo N° 011-2014-IN, Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Defensa Nacional a través de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, dispongan que la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), en el marco de su competencia funcional, adopten las medidas necesarias para la implementación del "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2018 La Libertad" debiendo informar trimestralmente a la Dirección Nacional de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, así como al Gobernador Regional y los miembros del Consejo Regional, sobre los avances en la implementación de los planes de seguridad ciudadana. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", en el diario de mayor circulación de la Región, en el portal web institucional del Gobierno Regional de la Libertad y en el portal electrónico de la Secretaria Técnica Regional de Seguridad Ciudadana, respectivamente. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los veinte días del mes de abril del año dos mil dieciocho. FRANK EDUARDO SANCHEZ ROMERO Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los 21 días del mes de mayo de 2018. LUIS A. VALDEZ FARÍAS Gobernador Regional 1789773-1 DEL

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 15 de mayo de 2018, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 036-2018-GRLL-CR/COMPLAN que contiene el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a constituir el Consejo Regional del Gobierno Abierto de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, y el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en el artículo 5º, inciso 5 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a solicitar, sin expresión de causa, la información que requiera y, recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal; Que, el artículo 17° de la Ley No. 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, evaluación y rendición de cuentas; Que, el artículo 10° de la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en concordancia con el artículo 36° inciso h) de la Ley No. 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que es competencia de los gobiernos regionales la participación ciudadana, alentando la concertación entre los intereses públicos y privados en todos los niveles; Que, el artículo 15° inciso p) de la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que el Consejo Regional tiene atribuciones para definir la política permanente del fomento de la participación ciudadana; Que, la Ley Nº 27867, en su artículo 13º establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley y aquellas que le sean delegadas. Asimismo, en su artículo 15º, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, Gobierno Abierto; además de ser uno de los Pilares de la Política de Modernización del Estado Peruano, es un nuevo modelo de relación entre los gobernantes, la gestión pública y la sociedad, basada en los principios de la transparencia, la apertura y la colaboración, y que está orientado a la participación de las ciudadanas y los ciudadanos en el diseño y la implementación de las políticas públicas y la mejora de los servicios. Así mismo, Gobierno Abierto, también es una iniciativa mundial que busca mejorar el desempeño gubernamental a través del fomento de la transparencia en la gestión pública y la colaboración de la sociedad en

Constituyen el Consejo Regional Gobierno Abierto de La Libertad

de

(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Oficio Nº 408-2019-GRLL-GRA/SGLSG, recibido el 17 de julio de 2019) ORDENANZA REGIONAL N° 015-2018-GRLL/CR ORDENANZA REGIONAL QUE CONSTITUYE EL CONSEJO REGIONAL DE GOBIERNO ABIERTO DE LA LIBERTAD EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD