Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 19 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Aprueban Directiva denominada "Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 069-2019-PERÚ COMPRAS Lima, 15 de julio de 2019 VISTO: El Informe N° 000052-2019-PERÚ COMPRAS-DAM de la Dirección de Acuerdos Marco, el Memorando N° 000162-2019-PERÚ COMPRAS-DCC y Memorando N° 000188-2019-PERÚ COMPRAS-DCC de la Dirección de Compras Corporativas, el Informe N° 000089-2019PERÚ COMPRAS y Memorando N° 000467-2019PERÚ COMPRAS-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0000116-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ y Nota de Elevación N° 000018-2019PERÚ COMPRAS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante "TUO de la Ley", establece que, la Ley tiene por finalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, permitan el cumplimiento de los fines públicos y tengan una repercusión positiva en las condiciones de vida de los ciudadanos; Que, la agregación de demanda ha sido recogida en la estrategia de contratación por compra corporativa; así, el artículo 7 del TUO de la Ley establece que varias Entidades pueden consolidar la contratación de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, mediante un procedimiento de selección único, a fin de alcanzar condiciones más ventajosas para el Estado a través de la agregación de demanda; Que, el numeral 103.3 del artículo 103 del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018EF, establece que para la agregación de la demanda de las Entidades se puede utilizar criterios tales como el geográfico, el sectorial, el temporal o la combinación de estos, entre otros; Que, el artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, señala que la Dirección de Compras Corporativas es el órgano encargado de organizar y ejecutar las compras corporativas a cargo de PERÚ COMPRAS, efectuando la agregación de la demanda, brindando asistencia técnica en materias de su competencia y formulando recomendaciones para la optimización de dichas contrataciones; Que, el literal n) del artículo 35 del ROF establece como función específica de la Dirección de Compras Corporativas, proponer y ejecutar operaciones combinadas que optimicen los beneficios del procedimiento de compras corporativas, a través de los mecanismos de contratación a cargo de PERÚ COMPRAS, en el marco de la normativa vigente; Que, el sub numeral 8.1.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 02-2019-PERÚ COMPRAS, denominada "Normas para la formulación, aprobación y actualización de documentos normativos en la Central

de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS", establece que, los órganos que formulen documentos normativos, deberán sustentar mediante un informe técnico la necesidad de aprobarlo; Que, a través del Informe N° 000052-2019-PERÚ COMPRAS-DAM, la Dirección de Acuerdos Marco sustenta la aprobación del proyecto de Directiva denominada "Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", indicando que la misma contribuirá a la optimización de los recursos públicos; Que, con Memorando N° 000162-2019-PERÚ COMPRAS-DCC, la Dirección de Compras Corporativas, hace suyo el Informe N° 00001-2019-PERÚ COMPRASDCC-GCO, elaborado por la especialista de dicho órgano de línea, por medio del cual se sustenta la aprobación del proyecto de Directiva, señalándose que su finalidad es coadyuvar a la optimización de recursos públicos mediante la compra agregada de bienes y/o servicios a contratar a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, utilizando una estrategia que genere economía de escala; Que, con el Memorando N° 000122-2019-PERÚ COMPRAS-DAMER, la Dirección de Análisis de Mercado otorga opinión favorable al proyecto de Directiva; Que, a través del Informe N° 000089-2019PERÚ COMPRAS-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que, i) la Dirección de Compras Corporativas tiene competencia para proponer Directivas y Lineamientos que permitan viabilizar la agregación de demanda, proponiendo operaciones combinadas que optimicen las estrategias de contratación a cargo de PERÚ COMPRAS, en el marco de las funciones establecidas en el artículo 33 y los literales n) y o) del artículo 34 del ROF de PERÚ COMPRAS, ii) la propuesta ha sido formulado considerando los criterios establecidos en la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS y en la Directiva N° 0122017-PERÚ COMPRAS, y iii) en su calidad de órgano técnico, emite opinión favorable; Que, a través del Informe N° 0000116-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que el proyecto de Directiva denominada "Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", se encuentra conforme al marco legal vigente; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Compras Corporativas, la Dirección de Acuerdos Marco, la Dirección de Análisis de Mercado, la Oficina de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el TUO de la Ley N° 30225, aprobado por medio del Decreto Supremo N° 082-2019-EF; la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS, aprobada por la Resolución de Gerencia General N° 013-2019-PERÚ COMPRAS/GG; y, en uso de la atribución conferida por el literal y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 004-2019PERÚ COMPRAS, denominada "Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco" la misma que, en ocho (08) folios, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Directiva aprobada en el artículo precedente, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación junto con la presente Resolución, en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente Resolución y de la Directiva aprobada, en el Portal Institucional (www.perucompras.gob.pe) y la intranet institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS