Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 19 de julio de 2019 /

El Peruano

Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, contando con Dictamen Nº 001-2019-GRJ-CR/CPRNyGMA de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE PROHÍBE EL USO DE PLÁSTICOS DE UN SOLO USO, Y LOS RECIPIENTES O ENVASES DESCARTABLES, ESTABLECIENDO ACCIONES PARA SU DISMINUCIÓN PROGRESIVA PARA PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE Y LOS ECOSISTEMAS EN LA REGIÓN JUNÍN" Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza Regional que prohíbe el uso de plásticos de un solo uso, y los recipientes o envases descartables, estableciendo acciones para su disminución progresiva para proteger el medio ambiente y los ecosistemas en la Región Junín". Artículo Segundo.- PROHIBIR, en toda dependencia del Gobierno Regional Junín se use, o permita el uso de plásticos de un solo uso, y los recipientes o envases descartables, se incluye a las instituciones educativas (públicas ­ privadas) de todo nivel y las Áreas de Conservación Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Producción, a través de la Sub Dirección de Medio Ambiente, efectuar la fiscalización, control y sanción de acuerdo a sus facultades, e informar anualmente a la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología. Asimismo, a la Dirección Regional de Educación, emitir las directivas necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza, implementando las sanciones que correspondan. Artículo Cuarto.- PROHIBIR, al sector privado el uso de plásticos de un solo uso, y los recipientes o envases descartables. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a los Gobiernos Locales de nuestra jurisdicción la implementación de la presente norma regional a través de sus dispositivos legales y facultades correspondientes a la fiscalización y sanción. Artículo Sexto.- ESTABLÉZCASE, que las empresas privadas desarrollen acciones para la reducción progresiva del uso de plásticos de un solo uso, y los recipientes o envases descartables. Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Educación la inclusión de las disposiciones de la presente Ordenanza Regional, y su Reglamentación en el Diseño Curricular que se viene trabajando. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Gobernación Regional, a través de la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo, Educación, y Producción, la reglamentación de la presente Ordenanza Regional en un plazo de treinta (30) días calendarios. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 04 días del mes de junio de 2019. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado POR LO TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, el 10 de junio del año 2019. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Gobernador Regional 1789995-1

Derogan diversas Ordenanzas y aprueban Reglamentos de Organización y Funciones de la Red de Salud - Jauja y del Hospital Domingo Olavegoya - Jauja
ORDENANZA REGIONAL Nº 309-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 04 días del mes de Junio del 2019, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM publicado el 18 de mayo del 2018 con el cual se aprueban los "Lineamientos de Organización del Estado". Que, el Artículo 2º de la presente norma tiene por finalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía. Que, el inciso f) del Artículo 3º señala la presente norma es de aplicación, bajo el término genérico de entidad, a las siguientes: Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas. Que, con Reporte Nº 37-2019-GRJ/GGR/ORDITI, de fecha 20 de marzo de 2019, por encargo del Presidente de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento territorial y Desarrollo Institucional, solicitarle un informe técnico, respecto a los documentos de gestión del Gobierno Regional Junín (ROF), teniendo en consideración que la Ordenanza Regional Nº 0902008-GRJ/CR, se encuentra vigente y ordena que los órganos subordinados a las Direcciones Sectoriales que tengan esa jerarquía deberán ser aprobados mediante Resolución Ejecutiva Regional, conforme al literal h) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, lo cual es contradictorio a la forma en como se ha aprobado dichos documentos en los últimos años, teniendo en cuenta el caso de la Ordenanza Regional Nº 267-GR/CR "Ordenanza que aprueba la modificación del Reglamento de Organizaciones ­ ROF de la Red de Salud y Hospital Domingo Olavegoya - Jauja" emitida el de marzo del 2018 "Ordenanza Regional Nº 267-GRJ/CR que aprueba la modificación del ROF de la Red de Salud Jauja y Hospital Domingo Olavegoya - Jauja". Que, con Informe Técnico Nº 012-2019, de fecha 21 de marzo, en la que pide la aprobación de los Instrumentos de Gestión Institucional, en el que concluye que siendo el Reglamento de Organización y Funciones el instrumento de gestión institucional después de la Ley Orgánica el marco normativo para diversas normas administrativas institucionales como lo es también para la formulación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) el cual es aprobado mediante Ordenanza Regional, no podría estar aprobado por Resolución Ejecutiva norma de menor jerarquía dentro del régimen jurídico institucional regional. Se encuentra vigente a la fecha la Ordenanza Regional Nº 090-2008-GRJ/CR, que dispone que la aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro de Asignación de Personal de las Unidades de Gestión Educativa Local, Redes de Salud, Hospitales y Aldea Infantil "El Rosario" se aprueba mediante Resolución Ejecutiva Regional, en cuyo marco