Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 19 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Directiva "Atención de denuncias contra el personal de la Contraloría General de la República, jefes y personal de los Órganos de Control Institucional"
RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 206-2019-CG Lima, 18 de julio de 2019 VISTOS: El Memorando N° 00112-2019-CG/AI del Órgano de Auditoría Interna; las Hojas Informativas N° 0000942019-CG/NORM y N° 000118-2019-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; y, las Hojas Informativas N° 000232-2019-CG/GJN y N° 000277-2019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:

literal h) del artículo 23 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Contraloría N° 030-2019-CG; En uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 008-2019-CG/ AI "Atención de denuncias contra el personal de la Contraloría General de la República, jefes y personal de los Órganos de Control Institucional", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución entra en vigencia a partir del día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a su vez ésta con sus anexos en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1790286-1

Que, de conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución; Que, la Contraloría General de la República, conforme al literal n) del artículo 22 de la citada Ley N° 27785, tiene por atribución recibir y atender denuncias de los ciudadanos, relacionados con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente sean en el ámbito interno, o derivándolas ante la autoridad competente; estando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia protegidos por el principio de reserva; Que, el literal q) del artículo 9 de la misma Ley N° 27785, señala que la participación ciudadana es el principio del control gubernamental que permite la contribución de la ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental; Que, el artículo 4 de la Ley N° 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal, establece que la Contraloría General de la República es la autoridad competente que recibe y evalúa las denuncias presentadas, dando trámite a las que se encuentren dentro de su ámbito de competencia y derivando aquellas cuyo trámite corresponda ser efectuado por otras instancias administrativas que, por disposición legal expresa, tengan competencia sobre la materia objeto de la denuncia; Que, por Resolución de Contraloría N° 268-2015-CG, se aprobó la Directiva N° 011-2015-CG/GPROD "Servicio de Atención de Denuncias", la cual estableció a través de su Tercera Disposición Final que las disposiciones establecidas en la referida Directiva, son de aplicación, en lo que corresponda, a la atención de denuncias y quejas presentadas contra el personal de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional, conforme a los procedimientos que se emita al respecto; Que, con el propósito de optimizar el proceso de atención de denuncias contra el personal de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional, resulta necesario emitir un marco normativo específico que regule dicho proceso, cuya evaluación es competencia del Órgano de Auditoría Interna de la Contraloría General de la República, conforme lo prevé el

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Ingeniería a Jamaica, en comisión de servicio
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0802 Lima, 30 de mayo de 2019 Vistos los Oficios Nº 464-VICEINVE2-UNI/2019 y Nº 323-VICEINVE2-UNI/2019 de fecha 17 y 22 de mayo de 2019, respectivamente, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en el numeral 6.5, del artículo 6º, establece como uno de los fines de la Universidad, el de realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística; Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; estableciéndose su reglamentación a través del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013.PCM, en el que se aprueba la escala de viáticos; Que, mediante la Resolución Rectoral N° 408 del 08 de marzo del 2013, se creó un fondo intangible, para financiar la participación en eventos académicos, de estudiantes de pregrado y profesores, de la Universidad Nacional de Ingeniería; incrementándose la retención de los recursos directamente recaudados al 0,5%; mediante Resolución Rectoral N° 1724 de fecha 27 de noviembre de 2014; Que, el Consejo Universitario por la Resolución Rectoral N° 0097 del 24 de enero del 2017, aprobó el Reglamento de Subvención a Estudiantes y Docentes para su Participación en Conferencias y Estadías de Investigación; modificado por Resolución Rectoral N° 524 del 26 de abril de 2017; Que, el Vicerrectorado de Investigación de la UNI mediante los documentos del visto, solicita al Despacho del Rectorado se otorgue al Ing. Williams Javier Ramos