Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 19 de julio de 2019 /

El Peruano

Directiva N° 004 - 2019-PERÚ COMPRAS "LINEAMIENTOS PARA LA COMPRA AGREGADA DE Revisión: BIENES Y/O SERVICIOS A TRAVÉS DE LOS CATÁLOGOS Versión 1.0 ELECTRÓNICOS DE ACUERDOS MARCO" Elaborado por: Dirección de Compras Corporativas Dirección de Acuerdos Marco Revisado por: Aprobado por: Oficina de Planeamiento y Jefatura Presupuesto Oficina de Asesoría Jurídica

V. APROBACIÓN, VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN La presente Directiva es aprobada por la Jefatura de PERÚ COMPRAS; su vigencia es permanente y su actualización se efectuará a propuesta de la Dirección de Compras Corporativas y/o la Dirección de Acuerdos Marco, según corresponda. VI. RESPONSABILIDADES Son responsables y se encuentran obligados al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva, los siguientes actores: 6.1 Dirección de Acuerdos Marco: Gestiona y administra la Plataforma de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de la Compra Agregada y presta asistencia técnica a los demás órganos de línea y al equipo de trabajo. 6.2 Dirección de Análisis de Mercado: Remite la información requerida, en el marco de la Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 6.3 Dirección de Compras Corporativas: Determina el bien y/o servicio a contratarse mediante la Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco y elabora la Ficha de Compra Agregada. 6.4 Equipo de trabajo designado: Es el encargado de formular la propuesta de los bienes y/o servicios a contratarse mediante la Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 6.5 Entidades adheridas: Cumplen con las disposiciones establecidas en la presente Directiva. 6.6 Proveedores adjudicatarios: Cumplen con las disposiciones establecidas en la presente Directiva. VII. DISPOSICIONES GENERALES 7.1 La estrategia de Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco busca mejorar las condiciones de contratación, como resultado de la decisión de las Entidades de adherirse. 7.2 La presente estrategia se realiza respecto de los bienes y/o servicios que forman parte de los Acuerdos Marco vigentes. 7.3 La DCC determina los bienes y/o servicios a ser contratados mediante Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 7.4 PERÚ COMPRAS, a través de la página web SEACE y de su Portal Institucional, publica el cronograma para que las Entidades puedan adherirse a la Compra Agregada de bienes y/o servicios a ser adquiridos por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Dicha contratación se realiza por medio del procedimiento de Grandes Compras, independientemente de su monto. 7.5 Las Entidades adheridas a la Compra Agregada, formalizan la relación contractual con el proveedor seleccionado por la Plataforma de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, emitiendo la Orden de Compra Electrónica u Orden de Servicio Electrónica correspondiente. VIII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 8.1 La estrategia de Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, es la contratación efectuada, a través del procedimiento de Grandes Compras, respecto de los bienes y/o servicios determinados por la DCC, previa propuesta del equipo de trabajo. Del equipo de trabajo 8.2 A solicitud de la DCC, se formará el equipo de trabajo, el cual se encuentra compuesto por tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros alternos. 8.3 La DAM, DAMER y DCC, mediante Memorando, designan a un (1) representante titular y un (1) representante alterno que formarán parte del equipo de trabajo, correspondiendo al representante de la DCC, liderar las actividades que dicho equipo realice durante su

Fecha de Aprobación: 15 de julio de 2019 I. OBJETIVO Establecer disposiciones para determinar y contratar bienes y/o servicios a través de una Compra Agregada por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. II. FINALIDAD Coadyuvar a la optimización de recursos públicos mediante la Compra Agregada de bienes y/o servicios a contratar a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, utilizando una estrategia que genere economía de escala. III. BASE LEGAL 3.1 Decreto Legislativo N° 1018, que crea la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 3.2 Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. 3.3 Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 3.4 Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 3.5 Decreto Supremo N° 052-2019-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS. 3.6 Resolución Jefatural N° 096-2016-PERÚ COMPRAS, que aprueba la Directiva 013-2016 "Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco". 3.7 Resolución de Secretaría General N° 0282017-PERÚ COMPRAS/SG, que aprueba la Directiva N° 012-2017-PERÚ COMPRAS, "Directiva para la elaboración, uso y registro de documentos oficiales de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS". 3.8 Resolución de Gerencia General N° 0132019-PERÚ COMPRAS/GG, que aprueba la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS "Normas para la formulación, aprobación y actualización de Documentos Normativos en la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS". Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias, complementarias y conexas, de ser el caso. IV. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para: 4.1 La Dirección de Acuerdos Marco (DAM), la Dirección de Análisis de Mercado (DAMER), y la Dirección de Compras Corporativas (DCC), quienes participan en la determinación y gestión de los bienes y/o servicios a ser adquiridos mediante una Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 4.2 El equipo de trabajo encargado de formular la propuesta de bienes y/o servicios que serán contratados mediante la Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 4.3 Las Entidades que adhieren sus requerimientos y participan en la Compra Agregada a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.