Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

22

NORMAS LEGALES

Viernes 19 de julio de 2019 /

El Peruano

Marco, sometiéndose a los términos y condiciones establecidos. 11.4 Ficha de Compra Agregada: Es aquella que contiene características y/o especificaciones relevantes del bien o servicio a contratar, que permita a las entidades interesadas conocer las condiciones del producto o servicio. La Ficha de Compra Agregada permitirá definir aquellas Fichas-producto que cumplan las especificaciones y hacerlas participe de la Compra Agregada, conforme lo dispuesto en la presente Directiva. 11.5 Plataforma de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco: Es una herramienta informática que permite gestionar las contrataciones de bienes y servicios que se realizan mediante el método especial de contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 11.6 Procedimiento de Grandes Compras: Procedimiento por medio del cual, la Entidad contratante puede seleccionar varias Fichas-producto, a través de la Plataforma de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, la cual de manera automática invita a los proveedores que cuenten con ofertas para dichas fichas, permitiendo que éstos oferten sus mejores condiciones y el catálogo electrónico seleccione automáticamente la oferta ganadora. 11.7 Proveedor Adjudicatario: Aquel proveedor que ha pasado la etapa de Evaluación y ha suscrito el Acuerdos Marco. XII. ANEXO Anexo: Diagrama de Flujo de la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 1790002-1

INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU
Dejan sin efecto encargatura de funciones de Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica y designación de Asesora de Gerencia General de la INBP
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 101-2019-INBP San Isidro, 18 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, de fecha 17 de septiembre de 2017, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP; Que, por Resolución Suprema N° 121-2018-IN del 23 noviembre del 2018 se encargó al Mag. Charles

Hallenbeck Fuentes en el cargo de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución de Intendencia N° 0642019 INBP, de fecha 03 de mayo de 2019, se designó a la Abogada KATHERINE ESTEFANY SALINAS NAVARRO, en el cargo de confianza de Asesora de Gerencia General; y a su vez, se le encargó, el cargo de confianza de Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en adición a sus funciones. Que, toda vez que se ha perdido la confiabilidad en los cargos de confianza que ocupa la cita Abogada, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación y encargatura individualizadas en el párrafo precedente; Que, de conformidad con el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de intendencia en el ámbito de su competencia; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el numeral 14 del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la INBP, se señala entre las funciones del Intendente Nacional: "14) Designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú" Que, en uso de sus facultades de las que está investido el Representante Legal de la Intendencia de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1260 y, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN; y, con el visto bueno de la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO, con eficacia anticipada desde el 17 de julio de 2019, la encargatura de la Abogada Katherine Estefany Salinas Navarro, en el cargo de confianza de Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, por la pérdida de confianza en dicho cargo; Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, con eficacia anticipada desde el 17 de julio de 2019, la designación de la Abogada Katherine Estefany Salinas Navarro, en el cargo de confianza de Asesora de Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, por la pérdida de confianza en dicho cargo; Artículo 3º.- DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú realice las acciones necesarias a las que hubiera lugar para dar cumplimiento a la presente resolución de conformidad a los criterios esgrimidos por SERVIR, así como la entrega de cargo de conformidad con las "Disposiciones y Procedimientos para la entrega y recepción de cargo del personal de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú", Resolución de Intendencia N° 081-2019 INBP de la Entidad, todo ello en concordancia con lo establecido en el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 4º.- DISPONER, que la Oficina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHARLES E. HALLENBECK FUENTES Intendente Nacional (e) 1790264-1