Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2019 (10/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Martes 10 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Aprueban modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca, a través del procedimiento de Planeamiento Integral con fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2019-MPC Cañete, 20 de setiembre de 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 13 de setiembre de 2019, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Dictamen favorable Nº007-2019-CODUR-MPC del 04 de setiembre del 2019. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, establece además que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, mediante Expediente Nº 008089-2018, de fecha 10 de agosto del 2018 el administrado Sr. Alfredo Aguat Samhan Álvarez, en representación de la sociedad conyugal Sra. Blanca Corina Yap Panduro identificada con DNI: 08802029 y Don Mario Jesús Mejía Aranibar identificado con DNI: 08783365 en calidad de propietarios, solicitan la Aprobación de la Propuesta de Planeamiento Integral del predio ubicado en la Parcelación Semirústica Papa León XIII, Mz. E, Lote Nº.- 15 del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima; que cuenta con un Área igual a 9,636.00 m2. Inscrito tomo-Predios con Certificado Literal P21002353 de la Oficina Registral de Lima y Callao/oficina Cañete­ Zona Registral Nº IX Sede Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modificación de los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento; Que, el artículo 58 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), define al Planeamiento Integral (PI) como "un instrumento técnico ­ normativo mediante el cual se asigna zonificación y vías primarias con fines de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los Planes de Desarrollo Urbano (PDU), Esquema de Ordenamiento Urbano (EU) o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zonificación"; Que, el numeral 61.3 del artículo 61 del RATDUS establece que "la propuesta final del PI con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial

para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades"; Que el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento establece que el plazo para la consulta del Planeamiento Integral es de cuarenta y cinco (45) días calendario, de acuerdo al procedimiento siguiente: 1. La Municipalidad Provincial exhibe la propuesta del PI en su local y en su página web, así como en los locales de las Municipalidades Distritales de su jurisdicción, durante treinta (30) días calendarios. 2. La Municipalidad Provincial dentro del citado plazo de treinta (30) días calendario, realiza exposiciones técnicas del contenido del PI, convocando a las Municipalidades Distritales involucradas y a los propietarios de los inmuebles localizados dentro del área delimitada en el PI; los que formulan sus observaciones, sugerencias y/o recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral. 3. El equipo técnico responsable de la elaboración del PI, en el término de quince (15) días calendario posteriores al plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral, evalúa, incluye o desestima, de ser el caso, las observaciones, sugerencias y/o recomendaciones formuladas. 4. La propuesta final del PI y el Informe Técnico Legal es propuesto por la Gerencia Municipal Competente al Concejo Municipal Provincial correspondiente, para su aprobación mediante Ordenanza Provincial. Que, el Artículo 62º del RATDUS, Vigencia del Planeamiento Integral (PI), establece que su horizonte de planeamiento es de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza; Que, mediante Informe Nº475-2018 AMEJB-SGOPGODUR-MPC de fecha 10 de setiembre de 2018, la Subgerencia de Obras Privadas, concluye que el expediente presentado por el administrado cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS) para la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, a través del procedimiento Planeamiento Integral, por lo que solicita: 1. Que se autorice el inicio de Difusión de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Municipalidad Provincial de Cañete. 2. Que se comunique a la Municipalidad Distrital de Chilca, el inicio del procedimiento de Difusión de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral y se remita una copia del Expediente Administrativo a través del Planeamiento Integral propuesto que dirigen la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas en el Plan Urbano del distrito, con la finalidad de que se inicie el procedimiento administrativo solicitado. 3. Que se solicite a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la propuesta de aprobación de Planeamiento Integral solicitado por el administrado en el distrito de Chilca, en los paneles de la Municipalidad Provincial de Cañete. 4. Que se solicite a la Oficina de Relaciones Públicas de la Municipalidad Provincial de Cañete la publicación de la propuesta de aprobación del Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Cañete. 5. Coordinar con el administrado sobre la Audiencia Pública a realizar la Exposición del Planeamiento Integral solicitado por el administrado. Que, mediante Informe Legal Nº 18-2018-VALA-ASEGODUR-MPC de fecha 13 de febrero de 2019, la Asesoría Legal de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, concluye, considera y recomienda la Factibilidad dar inicio al procedimiento sobre la propuesta de Planeamiento Integral del predio ubicado en la Parcelación Semirústica Papa León XIII, Mz. E, Lote Nº.-15, jurisdicción del distrito