Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2019 (10/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 10 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Autorizan suscripción de cuarta adenda a convenio para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz", y autorizan transferencia financiera a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2004-2019-IN Lima, 9 de diciembre de 2019 VISTOS; el Memorando N° 001242-2019/IN/OGIN de la Oficina General de Infraestructura; los Informes N° 000492 y N° 000573-2019/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto, el Memorando N° 002479-2019/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 1078-2019-IN-OGAF y el Informe N° 002966-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2019, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 15532018-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 194 162 389,00 (Diez mil ciento noventa y cuatro millones ciento sesenta y dos mil trescientos ochenta y nueve y 00/100 soles) por toda fuente de financiamiento; Que, a través del literal e) de la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2019, para aprobar transferencias financieras a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de administración de recursos y/o adendas conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30356, con la Organización Internacional de Migraciones (OIM) para la continuidad de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", con Código 305924, a efectos de garantizar la ejecución del Área de Emergencia y los estacionamientos. Asimismo, se dispone que la transferencia financiera autorizada se realiza mediante resolución del Titular del Pliego, que se publica en el diario oficial El Peruano, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho Pliego; Que, con fecha 02 de julio de 2015, el Ministerio del interior y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), suscribieron el Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz", con código SNIP 305924, el cual tuvo como objeto normar los mecanismos de cooperación entre las partes para: (i) Ejecutar los procesos de selección y adjudicación para la implementación del Proyecto: "Mejoramiento de los Servicios Críticos y de Consulta Externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Saénz" (con código SNIP 305924), y; (ii) Realizar la administración de recursos durante la selección y adjudicación y el proceso de ejecución de los contratos resultantes en el marco del proyecto; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30356, Ley que Fortalece la Transferencia y el Control en los Convenios de Administración de Recursos con Organizaciones Internacionales, establece los requisitos para la autorización y suscripción de convenios de administración de recursos (CAR), así como para sus modificatorias, disponiendo que previo a la suscripción del convenio resulta necesario contar con los informes favorables

de las oficinas de presupuesto, de administración, de asesoría jurídica y la opinión favorable vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la necesidad y viabilidad del convenio y que mediante acto resolutivo de carácter indelegable, el titular de la entidad aprueba la suscripción del convenio, que también es aplicable para la suscripción de adendas; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 30356, aprobado por Decreto Supremo N° 3812015-EF, dispone que las adendas que se suscriban al convenio de administración de recursos (CAR) que modifiquen la finalidad, el alcance, metas generales y específicas, objetivos o plazo, deberán cumplir, para la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas con los requisitos establecidos en el referido Reglamento en lo que corresponda; Que, con Oficio N° 872-2019-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, opina que "(...) considerando que el objeto de la suscripción de la Cuarta Adenda no se enmarca dentro de los supuestos establecidos en el artículo 7 del citado Reglamento, no corresponde que el MEF emita opinión previa para su suscripción. Por lo tanto, esta Dirección General carece de competencia respecto de lo solicitado por el MININTER"; Que, tomando en consideración la comunicación realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas, corresponde proseguir con el trámite correspondiente para la suscripción de la Cuarta Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", con Código 305924; Que, con Memorando N° 001242-2019/IN/OGIN, la Oficina General de Infraestructura comunica y remite el expediente administrativo con el cual se solicita la suscripción de la Cuarta Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", con Código 305924, a fin de transferir recursos, por el importe de S/ 4 979 221,00 (Cuatro millones novecientos setenta y nueve mil doscientos veintiuno y 00/100 soles), a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para garantizar la ejecución del Área de Emergencia del referido proyecto; Que, a través del Memorando N° 002479-2019/ IN/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias en materia presupuestaria y en virtud del Informe N° 0005732019/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en cuanto a los créditos presupuestarios previstos en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, a nivel de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, por la suma de S/ 4 979 221,00 (Cuatro millones novecientos setenta y nueve mil doscientos veintiuno y 00/100 soles), a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para la continuación de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", con Código 305924, a efectos de garantizar la ejecución del Área de Emergencia y los estacionamientos; Que, la propuesta de suscripción de la cuarta adenda al Convenio de Administración de Recursos y la transferencia financiera a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), cuenta con las opiniones favorables de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando N° 002479-2019/IN/OGPP, de la Oficina General de Administración y Finanzas a través del Memorando N° 1078-2019-IN/OGAF, de la Oficina General de Infraestructura con Memorando N° 0011272019/IN/OGIN y la Oficina General de Asesoría Jurídica con el Informe N° 002966-2019/IN/OGAJ; Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina General de Infraestructura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,