Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2019 (10/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 10 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, resulta necesario designar a el/la servidor/a que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por el Literal g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señora Vivian Yrma Chumbiauca Carbajal en el cargo de Secretaria Técnica del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (www.osinfor.gob.pe) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUCETTY JUANITA ULLILEN VEGA Jefa 1835031-1

Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, no se aplica a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de la facultad conferida en el literal l) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva en las Intendencias Regionales, conforme se detalla a continuación: INTENDENCIA REGIONAL AYACUCHO - ANDREE CESAR AUGUSTO TUDELA TELLO INTENDENCIA REGIONAL CAJAMARCA - JHONATTAN MARTIN ALONSO LOPEZ BORJA INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD - JANETH LASTENIA LEON VALENCIA Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos 1834396-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan ejecutores coactivos de las Intendencias Regionales de Ayacucho, La Libertad y Cajamarca
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS Nº 058-2019-SUNAT/700000 DESIGNA EJECUTORES COACTIVOS DE LAS INTENDENCIAS REGIONALES DE AYACUCHO, LA LIBERTAD Y CAJAMARCA Lima, 6 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que el artículo 114 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en las Intendencias Regionales de Ayacucho, La Libertad y Cajamarca, resulta necesario designar a los Ejecutores Coactivos que se encargarán de la gestión de cobranza coactiva en dichas Intendencias; Que los trabajadores propuestos han presentado sus respectivas declaraciones juradas manifestando reunir los requisitos antes señalados, por lo que procede designarlos como Ejecutores Coactivos;

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Aprueban "Disposiciones para el mejor cumplimiento de la Ley N° 30220, Ley Universitaria en materia electoral de las universidades públicas"
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 158-2019-SUNEDU-CD Lima, 6 de diciembre de 2019 VISTOS: El Informe N° 0034-2019-SUNEDU-02-13 de la Dirección de Supervisión y el Informe N° 622-2019-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, según se desprende del numeral 17 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, toda persona cuenta con el derecho fundamental de participar, en forma individual o asociada, en la vida económica, social y cultural de la Nación, cuyo ámbito de protección comprende la participación de docentes y estudiantes universitarios en la dirección institucional de la universidad pública; Que, el artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), estableció la creación de la Superintendencia Nacional de Educación