Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2017 (18/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de febrero de 2017 /

El Peruano

Que, el Grupo de Política y Ley de Competencia forma parte del Comité Económico del APEC, y trabaja en promover la comprensión de las políticas y leyes de competencia regional, examina sus efectos sobre los flujos comerciales y de inversión, identificando áreas de cooperación técnica y de fortalecimiento de capacidades entre las economías miembro; Que, en el año 2016, el INDECOPI asumió la Presidencia del Grupo de Política y Ley de Competencia, por el periodo de dos años (2016 y 2017); asimismo, el señor Jesús Eloy Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), es el actual Presidente de dicho Grupo; Que, en tal sentido, el señor Jesús Eloy Espinoza Lozada está a cargo de dirigir la reunión plenaria del Grupo de Política y Ley de Competencia, así como presentar el Plan de Trabajo del mismo, por lo que su participación en la Reunión Plenaria del Grupo de Política y Ley de Competencia resulta indispensable; Que, adicionalmente, el señor Jesús Eloy Espinoza Lozada, en su calidad de Presidente del Grupo de Política y Ley de Competencia, debe asistir al Comité Económico del APEC, en representación del citado Grupo y a su vez, reportar sus actividades ante el mismo; Que, en atención a las consideraciones expresadas, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor Jesús Eloy Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); a la ciudad de Nha Trang, República Socialista de Vietnam, para que asista a los eventos antes mencionados; Que, los gastos que irrogue la participación del señor Jesús Eloy Espinoza Lozada, serán asumidos íntegramente por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); De conformidad con la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1033 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jesus Eloy Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 23 de febrero al 01 de marzo de 2017, a la ciudad de Nha Trang, República Socialista de Vietnam, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje US$ Viáticos Total Número por día Viáticos de días US$ US$ 500.00 2+1 Total US$

obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución ministerial es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1487247-2

Aprueban Directiva N° 001-2017-PCM/SGP, "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 035-2017-PCM Lima, 17 de febrero de 2017 VISTO: El Informe N° 006-2017-PCM-SGP/PGN, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación, por tanto, la modernización de la gestión pública para resultados tiene como objetivo que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país, lo que exige construir un Estado al servicio del ciudadano; Que, la Vigésima Sexta Política Nacional del Acuerdo Nacional establece como una Política de Estado la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, para cuyo cumplimiento establece entre otras, el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, así como la promoción de la vigilancia ciudadana del desempeño de la gestión pública; Que, la Ley N° 27658 ­ Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como finalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0432003-PCM, se establece un conjunto de disposiciones orientadas a garantizar el principio de publicidad en la administración pública, disponiendo la publicación a través de "Portales de Transparencia" de información relacionada con la gestión de las entidades públicas; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007PCM y modificado con Decreto Supremo N° 0572008-PCM, establece que la Secretaría de Gestión Pública es competente en materia de funcionamiento y organización del Estado, simplificación administrativa, ética y transparencia, teniendo por función formular, coordinar, supervisar y evaluar las políticas de acceso a la información pública, fomento de la ética en la función pública, la transparencia y la vigilancia ciudadana; Que, mediante Decreto Supremo N° 063-2010-PCM se aprobó la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, el cual contiene formatos estándares bajos los cuales cada entidad registra y actualiza su información de gestión de

Nombre y Apellidos

Jesús Eloy Espinoza 5,999.00 Lozada

1,500.00 7,499.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados