Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2017 (18/02/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 18 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

23

del Perú estima conveniente que prosiga el trámite del expediente del viaje al exterior, en misión de estudios, del 19 de febrero al 24 de diciembre de 2017, a la ciudad de Los Andes, V Región­República de Chile, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Carlos Fernando Velásquez Ramírez, considerando que su participación en el curso precedentemente indicado permitirá su capacitación en operaciones policiales de rescate de montaña y control de fronteras, mejorando así sus capacidades y desempeño profesional, lo cual redundará positivamente en la imagen institucional, además que los conocimientos adquiridos podrá ser replicado dentro de la Institución Policial; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento académico indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos de estadía, alimentación, movilización, atención médica, seguro de vida, materiales de estudio y vestuario; son asumidos por el Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU), conforme lo precisa la carta de fecha 24 de junio de 2016; mientras que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el numeral 3) del artículo 13° del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, asimismo el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad misión de estudios; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se apruebe conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus norma reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el artículo 1º del decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajan en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgara mediante resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario Oficial El Peruano; Con el visado de la Secretaría General del Ministerio del Interior, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas

reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Carlos Fernando Velásquez Ramírez, del 19 de febrero al 24 de diciembre de 2017, a la ciudad de Santiago­ República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Importe US$ 893.00 Pers. Total US$ 1 893.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1487631-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aceptan renuncia de Directora II de la Oficina de Desarrollo del Talento Humano de la Oficina General de Recursos Humanos del MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2017-MIMP Lima, 17 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 337-2016MIMP, entre otras acciones, se designó a la señora Erika Quispe Ventura en el cargo de Directora II de la Oficina de Desarrollo del Talento Humano de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley