Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2017 (18/02/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14

NORMAS LEGALES

Sábado 18 de febrero de 2017 /

El Peruano

concepto de participación del personal militar y material desplegado en las misiones de paz de la Organización de las Naciones Unidas". CONSIDERANDO: Que, el Anexo "A" del documento del Visto, considera las disposiciones generales para el direccionamiento y distribución de los reembolsos económicos, estableciendo en el párrafo (2), subpárrafo (g), las actividades de supervisión, con la finalidad de evitar la aplicación de penalidades económicas por incumplimiento de los estándares de operatividad requeridos por la Organización de las Naciones Unidas, en las áreas de equipamiento mayor, autosostenimiento, personal, bienestar, gestión COE, proceso de rotación y despliegue del personal militar, la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a través de la Unidad de Operaciones de Paz programará anualmente TRES (3) viajes de supervisión operacional a las citadas áreas, para lo cual se conformará un equipo de trabajo con el personal especialista de la citada Unidad; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la localidad de Morne Casse de la República de Haití, al equipo de trabajo del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas, conformada por el señor General de Brigada Fernando Hernán FITZCARRALD Guerrero, como Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, del señor Capitán de Navío José Guillermo TUESTA Ruiz, como Jefe de la Unidad de Operaciones de Paz, y del señor Coronel EP Luís Noé LOZANO Castilla, como Jefe del Área de Personal, a fin de realizar las actividades de verificación e inspección del personal, equipos, así como las condiciones de bienestar del personal del Segundo Contingente de Infantería Perú en apoyo al Contingente Uruguayo en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití ­ MINUSTAH, por cuanto los objetivos a alcanzarse redundarán en beneficio del Sector; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017 del pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de vuelos internacionales y, con el fin de prever la participación del equipo de trabajo designado durante la totalidad de días de la referida comisión, es necesario autorizar su salida del país con UN (01) día de anticipación y el retorno UN (1) día posterior al término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al personal militar que conforma el equipo de trabajo de la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que se indica a continuación, con la finalidad de realizar las actividades de verificación e inspección del personal, equipos, así

como las condiciones de bienestar del personal del Segundo Contingente de Infantería Perú en apoyo al Contingente Uruguayo en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití ­ MINUSTAH, localidad de Morne Casse, del 20 al 24 de febrero de 2017, autorizando su salida del país el 19 de febrero y su retorno el 25 de febrero de 2017:
Nº Grado Nombres y Apellidos DNI CIP

1 General de Brigada 3 Coronel EP

Fernando Hernán FITZCARRALD 43290330 109723700 Guerrero 09153798 00886646 43293346 117545900 Luís Noé LOZANO Castilla

2 Capitán de Navío José Guillermo TUESTA Ruiz

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Puerto Príncipe (Haití) ­ Lima US$ 1,241.98 x 3 personas (Incluye TUUA) US$ 3,725.94 Viáticos: US$ 430.00 x 3 personas x 5 días Total a Pagar: US$ 6,450.00

US$ 10,175.94

Artículo 3º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Personal Militar comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de su retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, los funcionarios autorizados, efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Disponer que copia de la presente Resolución sea remitirá a la Institución Armada al que pertenece el personal militar nombrado en Comisión del Servicio, para los fines pertinentes. Artículo 7º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), conforme a lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 996-2012-DE/SG de fecha 6 de setiembre de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1487083-1

Dar por concluida designación de Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 171-2017 DE/SG Lima, 17 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 803-2016-DE/ SG se designó al señor General de Brigada (R) Julio César Huertas Rodríguez, en el cargo de Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa; Que, resulta conveniente dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial 803-2016-DE/SG; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento