Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2017 (18/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de febrero de 2017 /

El Peruano

Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del comisionado de presentar ante la Dirección General de Administración, el informe documentado de gastos, en el término de quince (15) días calendarios, computados desde el día siguiente de retorno a nuestra ciudad, perdiendo el derecho luego del citado periodo, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nro. CU0348-2016-UNSAAC y Art. 10 del D.S. Nº 047-2002-PCM, Para cuyo efecto presentará los Formatos Nros. 01, 02, 03 y 04 aprobados por dicha Resolución y que como anexo forma parte de la presente Resolución, solo para el comisionado. Asimismo deberá presentar ante el Consejo Universitario el informe correspondiente. La Dirección General de Administración y la Unidad de Logística, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. EDILBERTO ZELA VERA Rector (e) 1486718-1

el efecto, adjunta los documentos consignados en el item VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 17 de enero del 2017. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Título Profesional de Licenciado en Educación; Esp.: Español y Literatura, de fecha 14.04.1980, por motivo de deterioro. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN EDUCACIÓN, Esp.: Español y Literatura, a don NERY SABINO ÑAUPARI FIERRO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 1423, registrado a Fojas 227 del Tomo 007. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación. Regístrese y Comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NUÑEZ Secretario General 1486647-1

Otorgan duplicado de diploma del título profesional de Licenciado en Educación de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 1469-CU-2017 Huancayo, 18 de enero de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 38552 de fecha 18.11.2016, por medio del cual don Nery Sabino ÑAUPARI FIERRO, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en Educación; Esp.: Español y Literatura, por deterioro. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Nery Sabino Ñaupari Fierro, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en Educación; Esp: Español y Literatura, por deterioro, el mismo que fue expedido el 14.04.1980, Diploma registrado con el Nº 1423, registrado a Fojas 227 del Tomo 007, para

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Chancaybaños, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN Nº 0026-2017-JNE Expediente Nº J-2016-00735-C01 CHANCAYBAÑOS - SANTA CRUZ - CAJAMARCA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecisiete de enero de dos mil diecisiete. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Dany Daniel Zagal Roque, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Chancaybaños, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, debido a la declaración de vacancia del regidor Jesús Rolando Ticlla Flores, por la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y teniendo a la vista el Expediente Nº J-2016-00735-T01. ANTECEDENTES Mediante Oficio Nº 011-2017-MDCHB/GM, recibido el 9 de enero de 2017 (fojas 15), Dany Daniel Zagal Roque, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Chancaybaños, pone en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones la constancia de notificación del acta de sesión de concejo extraordinaria del 8 de julio de 2016, que declaró la vacancia del regidor Jesús Rolando Ticlla Flores, por la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), así como el comprobante de pago por concepto de acreditación de candidato no proclamado (fojas 16 a 17). CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el concejo municipal, en