Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

C. Objetivo D. Base legal E. Alcance) II. DIAGNÓSTICO (A. Geografía y población B. Situación actual de la seguridad ciudadana C. Estadísticas policiales D. Mapeo de puntos críticos en violencia e inseguridad - "Mapa del Delito" E. Zonas de riesgo en seguridad ciudadana "Mapa de Riesgo" F. Problemática en el ámbito educativo G. Problemática en el ámbito de salubridad H. Otros aspectos a considerar). III. RECURSOS (A. Humanos. B. Logísticos. C. Financieros. IV. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES; Que, de la estructura del Plan Regional de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social, se advierte que es la requerida por la Resolución Ministerial Nº 010-2015IN; pues (i) Se ha cumplido con los criterios para la formulación y aprobación de los planes de seguridad ciudadana (especialmente con los plazos). (ii) Se ha tenido en cuenta para la ejecución y evaluación de los planes de seguridad ciudadana, los parámetros contenidos en el literal D de la Directiva Nº 001-2015-IN referido a la ejecución y evaluación del Plan. (iii) Se ha cumplido con las obligaciones contenidas en las Disposiciones Complementarias; por lo que corresponde al Consejo Regional ratificar el Plan Regional formulado; Que, mediante Informe Legal Nº 349-2016-GRSM/ ORAL, de fecha 10 de marzo del presente año, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín, opina que no se ha formulado observaciones respecto al Plan Regional de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016, asimismo se indica que debe realizarse las gestiones necesarias a fin de someter a sesión de Consejo Regional para su ratificación y/o aprobación correspondiente mediante Ordenanza Regional, conforme a lo solicitado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Informe Legal Nº 018-2016-SCRGRSM/ALE, de fecha 09 de mayo del presente año, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional de San Martin, opina favorablemente por la emisión de la ORDENANZA REGIONAL que ratifique el Plan Regional de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016, por haberse elaborado cumpliendo los lineamientos que señala el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás Directivas correspondientes; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernado Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria, desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San Martín Moyobamba, el día martes 10 de mayo del presente año, aprobó por unanimidad el siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Regional de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016, por haberse elaborado cumpliendo los lineamientos que señala el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás Directivas correspondientes. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín, para su promulgación. LUIS N. SANTILLÁN CÁRDENAS Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los doce días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. VÍCTOR MANUEL NORIEGA REÁTEGUI Gobernador Regional VITILIO L. A. CALONGE GARCÍA Director Regional 1387987-2

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 1960 Mediante Oficio Nº 504-2016-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 1960, publicada en la edición del día 23 de mayo de 2016. DICE: ARTÍCULO ÚNICO.- (...) zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM), (...) ... DEBE DECIR: ARTÍCULO ÚNICO.- (...) zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB), (...) ... 1388045-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 1961 Mediante Oficio Nº 504-2016-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 1961, publicada en la edición del día 23 de mayo de 2016. DICE: ARTÍCULO ÚNICO.- (...) Calificación de Residencial de Densidad Baja (RDB), (...) ... DEBE DECIR: ARTÍCULO ÚNICO.- (...) Calificación de Residencial de Densidad Media (RDM), (...) ... 1388045-2