Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Sábado 4 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Ordenanza N° 387-2015/MDSMP se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones, ROF, así como la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, la misma que entró en vigencia el 01 de enero de 2016; Que, mediante Memorándum N° 381-2016-GPP/ MDSMP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que con la finalidad de cumplir con la actividad N° 01 del instructivo de la Meta N° 20 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2016, establecida por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, SENASA, del Ministerio de Agricultura y Riego, se hace necesario efectuar las modificaciones pertinentes en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, mediante Informe N° 0784-2016-GAJ/ MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego de su correspondiente análisis señala que la propuesta de ordenanza que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones, propuesto para el cumplimiento de la actividad 1) del Instructivo del Plan de Mejoras META 20, cumple con los requisitos de orden legal para ser elevados a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su deliberación; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 9º numeral 8, 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el voto mayoritario del pleno del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES, INCORPORANDO LA FUNCIÓN DE VIGILANCIA SANITARIA DE LA INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE LOS ALIMENTOS PRIMARIOS Y PIENSOS, EN EL TRANSPORTE Y COMERCIALIZACIÓN Artículo Primero.- INCORPORAR en el artículo 141° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, las siguientes funciones: "Artículo 141º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Salud y Sanidad: (...) 12. Programar las actividades de vigilancia sanitaria de los servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito para cumplimiento del Plan Operativo Anual. 13. Inspeccionar los vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito para garantizar las condiciones sanitarias y su aptitud para el consumo humano. 14. Participar conjuntamente con la autoridad competente en la toma y envío de muestras de alimentos agropecuarios primarios y piensos para el cumplimiento del plan anual de monitoreo de contaminantes. 15. Mantener actualizado trimestralmente el padrón de vehículos y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos para cumplimiento de las normas de acceso a la información y transparencia. 16. Recepcionar los reclamos de los usuarios de los servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos para resolverlos y brindar una mejor atención a la población. 17. Desarrollar programas de capacitación y difusión para fortalecer los sistemas de vigilancia y control del transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito, en coordinación con las autoridades competentes para la mejora en la cadena de suministro de estos alimentos y piensos; así como de los consumidores locales. 18. Mantener información actualizada sobre inocuidad agroalimentaria en sus portales institucionales y, de ser posible, en algún otro medio de difusión y divulgación; enfatizando en los servicios de transporte

y comercialización existentes en el distrito para cumplimiento de las normas de acceso a la información y transparencia. 19. Mantener comunicación estrecha con otras autoridades y asociaciones de consumidores, coordinando y ejerciendo actividades sobre los servicios de transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos para la protección de la salud de los consumidores. 20. Actualizar los procedimientos, directivas y manuales relacionados a los servicios de transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en coordinación con las autoridades competentes para la mejora de procesos y una mejor atención a los consumidores. (...)" Artículo Segundo.- INCORPORAR en el artículo 82° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, la siguiente función: "Artículo 82º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Fiscalización: (...) 27. Sancionar a las personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito que incumplan la normatividad de inocuidad agroalimentaria para proteger la vida y la salud de los consumidores. (...)" Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Secretaria General el seguimiento a la modificación de los instrumentos de gestión municipal (ROF, MPP, CAP, PAP y TUPA), para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- IMPLEMENTAR un Libro para el registro de las personas naturales y jurídicas prestadoras de servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarias y piensos dentro del ámbito del distrito y su diseño debe de responder a las necesidades de información y actualización para lo cual la municipalidad estipulará los requerimientos pertinentes. Artículo Quinto.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente ordenanza municipal. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de esta norma municipal en el diario oficial El Peruano, conforme a la legislación vigente, su difusión e inclusión en el portal institucional, poniendo asimismo en conocimiento de las instancias competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1387661-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Ordenanza municipal que autoriza el sorteo público denominado "La Municipalidad de Barranca vuelve a premiar tu puntualidad"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2016-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA