Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Geenady Romero Tineo, profesional que presta servicios en la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de París, República Francesa, del 04 al 10 de junio de 2016, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en las reuniones del Grupo de Créditos a la Exportación de la OCDE, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje : US $ Viáticos (US$ 540,00 x 05 días) : US $ 1 093,52 2 700,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Romero Tineo, presentará a la Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1388410-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar a Sudáfrica, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 162-2016-DE/ Lima, 3 de junio de 2016 Visto, el Oficio Nº 773-2015-MINDEF/VPD/B/01.d del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa de fecha 30 de abril de 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1143-2015DE/CCFFAA de fecha 27 de noviembre de 2015, se autoriza el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal integrante de la Compañía de Ingeniería Perú a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), considerándose el despliegue del Comandante FAP Julio Wilfredo ASCUE Guerrero a la República Centroafricana (MINUSCA), Oficial que cuenta con la certificación de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); Que mediante el documento del Visto, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, hace de conocimiento que de acuerdo a lo informado por la Encargada de la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas (DPKO), ha aceptado el despliegue de la Compañía de Ingeniería Perú a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), asimismo que se considere dentro del

personal a desplegarse, la inclusión de DOS (2) expertos calificados en construcción y mantenimiento de aeródromos, con certificación de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); Que, mediante Oficio N° 1882-2015-MINDEF/ VPD/B/01.d del Director General de Relaciones internacionales del Ministerio de Defensa, de fecha 18 de noviembre de 2015, se informa que la Fuerza Aérea del Perú emite su opinión favorable para efectuar el relevo semestralmente del personal especialista certificado por la OACI, proponiendo al Comandante FAP Julio Wilfredo ASCUE Guerrero, al Coronel FAP Eduardo Erik MALLQUI Espinoza y al Coronel FAP Oscar Arturo RIVERA Baluarte; Que, mediante Oficio Nº 956 CCFFAA/OAI/UOP/PER de fecha 25 de febrero de 2016, se informa al Secretario General del Ministerio de Defensa que el Coronel FAP Eduardo Erik MALLQUI Espinoza y el Coronel FAP Oscar Arturo RIVERA Baluarte propuestos por la Fuerza Aérea del Perú, no cumplen los requisitos establecidos para el personal militar que participa en Misión de Paz; Que, mediante Oficio Nº 1309 W-e.b de fecha 1 de abril del 2016, el Jefe de Estado Mayor General del Ejército, informa que se ha designado como Comandante y Segundo Comandante del II Contingente de la Compañía de Ingeniería Perú, al Coronel EP Carlos Orlando OVERSLUIJS García y al Teniente Coronel EP Clever Abner CHUQUILLANQUI Caycho; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Coronel EP Carlos Orlando OVERSLUIJS García y al Teniente Coronel EP Clever Abner CHUQUILLANQUI Caycho, a fin de participar en el Curso de Certificación de Aeródromos a cargo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a desarrollarse en la ciudad de Johannesburgo - Sudáfrica del 6 al 10 de junio de 2016, en concordancia con las políticas del Sector Defensa en el ámbito internacional y de acuerdo al requerimiento solicitado por las Naciones Unidas, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundará en beneficio del Sistema de Operaciones de Paz a cargo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y del sector; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice en otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal militar durante la totalidad del curso, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días antes y su retorno al país con UN (1) día posterior a las fechas programadas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; y,