Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

como es regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de licencias de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente, prevista en el inciso h), de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; motivo por el cual opina que corresponde al Pleno del Consejo Regional la aprobación correspondiente mediante Ordenanza Regional, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 38.1 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el artículo 15° del Decreto Supremo N° 079-2007PCM que establece los lineamientos para la elaboración del TUPA. Que, con Nota N° 054-2016-GORE.ICA/GGR de fecha 02 de mayo del 2016, el Gerente General Regional remite al Gobernador Regional el Informe Legal N° 0792016-GRAJ, suscrito por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, concerniente a la modificación y/o actualización de dos procedimientos administrativos del TUPA correspondiente a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, a fin de que se continúe con el trámite correspondiente, y sea aprobado por el Consejo Regional. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento técnico normativo de gestión, que uniformiza, reduce, simplifica y establece el trámite, procedimiento y costos para acceder a los procedimientos y servicios exclusivos que requieren los administrados de las entidades públicas, disponiendo la Ley la obligatoriedad de su publicación. Que, la norma del numeral 38.1, del artículo 38° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que toda modificación que implique un incremento de derecho de tramitación o requisitos será aprobada por norma del máximo nivel de la autoridad regional, correspondiendo en los Gobiernos Regionales a través de una Ordenanza Regional. Que, de acuerdo a los informes técnicos y legales emitidos, se advierte que con la modificación del TUPA propuesta por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, consistente en la actualización de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos signados con los números 349 y 350, denominados: «EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A» y «RECATEGORIZACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A», respectivamente; se busca incorporar los mayores costos derivados del Contrato N°024-2016-DRTC-ICA celebrado con TOURING Y AUTOMOVIL CLUB DEL PERÚ, para el alquiler en uso temporal de un nuevo circuito de manejo a ser utilizado en los referidos procedimientos administrativos, el cual, ofrece mejores condiciones que el que actualmente se viene utilizando, ya que éste se encuentra pavimentado, tiene señalización, y sus carriles cuentan con las dimensiones requeridas para un adecuado manejo de los administrados, todo lo cual redundará positivamente en el servicio que se viene brindando. Que, de acuerdo a los informes técnicos y legales emitidos, se advierte que la modificación y/o actualización del TUPA solicitado por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, cumple con lo establecido en la normatividad que existe sobre la materia, tales como el Decreto Supremo N° 064-2010PCM que aprueba la Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad comprendidos en el TUPA de las Entidades Públicas, el Decreto Supremo N° 079-2007PCM que establece los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA, y el Decreto Supremo N° 0072011-PCM, que aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa; resultando por tanto, legalmente procedente la modificación y/o actualización del TUPA solicitado por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. Que, con fecha 06 de mayo de 2016, en sesión de trabajo de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, que preside el consejero regional C.D. Víctor Hugo Tubilla Andía, con el aporte de los funcionarios intervinientes en ese proceso, como es el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Ica, la Sub Gerencia

de Gestión Financiera, la Sub Gerencia de Modernización de la Gestión, y evaluado los argumentos, plasmados en los informes técnico y legal, donde se pronuncian por la procedencia de la modificación y/o actualización del TUPA solicitada por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. Que, en atención a las consideraciones precedentes y el Dictamen favorable emitido por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Pleno del Consejo Regional en sesión ordinaria de la fecha, con las atribuciones conferidas por la Ley de la Descentralización N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias Ley N° 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica; con dispensa y aprobación del Acta de la fecha: HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Ica, para la actualización de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos a cargo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, signados con los números 349 y 350, denominados: «Expedición de Licencia de Conducir Clase A» y «Recategorización de Licencia de Conducir Clase A», respectivamente; conforme a lo sustentado en los antecedentes. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas, y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario "El Peruano", y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Ica, para su promulgación. ELEODORO TRINIDAD CEYRICO Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES Gobernador del Gobierno Regional de Ica 1387717-1

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Aprueban la donación dineraria de empresa a favor del Gobierno Regional Moquegua
(Se publican los presentes Acuerdos de Concejo Regional a solicitud del Gobierno Regional Moquegua, mediante Oficio Nº 557-2016-G/GR.MOQ, recibido el 3 de junio de 2016) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 124-2015-CR-GRM 1 de octubre del 2015 VISTO: En sesión Ordinaria Nº 11, realizada el día jueves 01 de Octubre del 2015; del Consejo Regional de Moquegua, la propuesta de Acuerdo de Consejo para Aprobar la Donación de Dinero por la cantidad de S/. 53,013.24 nuevos soles, que hace la Empresa INKABOR S.A.C., a favor del Gobierno Regional Moquegua; y,