Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 4 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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que será financiado con cargo a los recursos asignados a la referida Unidad Ejecutora en el presente año fiscal en la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Que, el literal d) del numeral 15.1, del artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que se autorizan de manera excepcional la realización de transferencias financieras entre entidades, para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de las normatividad vigente; Que, por su parte, el artículo 16 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01 y Resolución Directoral 027-2014EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de las transferencias financieras; Que, mediante Informe Nº 201-2016-MINAM/SG/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda efectuar las gestiones necesarias a fin de autorizar la transferencia financiera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma Setecientos Mil y 00/100 Soles (S/ 700 000.00) a favor de la Municipalidad Distrital de Laberinto, Provincia de Tambopata, Región de Madre de Dios, para el cofinanciamiento del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento del servicio de limpieza pública en los procesos de recolección, transporte y disposición de residuos sólidos municipales en el pueblo de Puerto Rosario, distrito de Laberinto ­ Tambopata ­ Madre de Dios"; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 040-2015-MINAM; el Convenio Específico de Transferencia de Recursos para la Ejecución de PIP de los Conglomerados de Proyectos Ambientales seleccionado, suscrito entre la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales y la Municipalidad Distrital de Laberinto y la "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01 y Resolución Directoral Nº 0272014-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 700 000.00) a favor de la Municipalidad Distrital de Laberinto, con cargo a los recursos asignados en el año fiscal 2016 a la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, para ejecutar el Proyecto de Inversión Pública con código SNIP 341007 "Mejoramiento del servicio de limpieza pública en los procesos de recolección, transporte y disposición de residuos sólidos municipales en el pueblo de Puerto Rosario, distrito de Laberinto ­ Tambopata ­ Madre de Dios"; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- La Oficina General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del

Ambiente, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1388430-3

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2016-MINCETUR Lima, 2 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico ­ OCDE tiene como misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo; en tal sentido, es un foro en el que los gobiernos trabajan conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a problemas tales como: entender qué es lo que conduce al cambio económico, social y ambiental; medir la productividad y flujos globales del comercio e inversión y fijar estándares internacionales en políticas públicas; Que, la Presidenta del Grupo de Trabajo de Créditos a la Exportación y Garantías de Créditos de la OCDE, y el Presidente de los Participantes en el Acuerdo, han cursado invitación para participar en las reuniones del Grupo de Créditos a la Exportación (ECG), las cuales se realizará del 06 al 09 de junio del presente año, en la ciudad de París, República Francesa; Que, los objetivos del mencionado evento, son conocer y compartir las mejores prácticas relacionadas con los créditos a la exportación, sistemas de financiamiento de las exportaciones, tasa de interés aplicable, evaluación de riesgos, entre otros; siendo que reviste particular importancia, toda vez que aborda temas vinculados con la facilitación del comercio exterior; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Geenady Romero Tineo, profesional que presta servicios en la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reuniones del Grupo antes mencionado; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30373, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y