Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 4 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Que por tanto, la participación de la SUNAT en este evento tiene como objetivo recibir directamente los comentarios y consideraciones legales relacionadas a la revisión del Perú, así como conocer la mecánica, usos y protocolo de la revisión; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.° 089-2016-SUNAT/5D0000 de fecha 25 de mayo de 2016, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Enrique Pintado Espinoza, Intendente Nacional Jurídico; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Enrique Pintado Espinoza del 18 al 24 de junio de 2016, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Enrique Pintado Espinoza, Intendente Nacional Jurídico, del 18 al 24 de junio de 2016, para participar en la Vigésimo Tercera Reunión del Grupo de Revisión de Pares del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria, que se llevará a cabo en la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, del 20 al 23 de junio de 2016. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2016 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Enrique Pintado Espinoza Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 2 288,87 Viáticos US $ 2 700,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de

aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1388053-1

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chimbote
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 000075-2016-SUNAT/3S0000 Chimbote, 26 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Intendencia N° 0913S0000/2014-000134 de fecha 13.JUN.2014, se realizó la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chimbote al trabajador FEDERICO ALBERTO HERMOZA BELTRAN, con Código SUNAT N° 4414, la cual se ha estimado conveniente dejar sin efecto y designar a un nuevo Auxiliar Coactivo; Que la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00196-2014-SUNAT/300000 de fecha 06.JUN.2014 desconcentra en los Intendentes de Aduana entre otros, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de su competencia; Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que la trabajadora LUZ MARIA MAMANI FLORIAN ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos señalados en el considerando precedente; asimismo, mediante Memorándum Electrónico N° 00019 - 2016 - 3S0000 la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha verificado que dicha trabajadora cumple con los requisitos establecidos en la Circular N° 009-2005-SUNAT; Que la Décima Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario precitado establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó por Concurso Público; De conformidad a la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias, Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00196-2014-SUNAT/300000 y conforme a la Resolución de Superintendencia N° 0042015/SUNAT, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14.01.2015. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chimbote al trabajador FEDERICO ALBERTO HERMOZA BELTRAN con Código SUNAT N° 4414. Artículo Segundo.- DESIGNAR como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chimbote a la trabajadora LUZ MARIA MAMANI FLORIAN con código SUNAT N° 4653. Regístrese, comuníquese y publíquese. LINDA CORTEZ QUISPE Intendente Intendencia Aduana de Chimbote 1388051-1