Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 01 de Junio del 2016, el proyecto de Ordenanza Municipal que Autoriza el sorteo público denominado "La Municipalidad de Barranca vuelve a premiar tu puntualidad"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales, son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF ­ Aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2016. Que, a la Gerencia de Rentas en esta oportunidad corresponde el cumplimiento de la Meta Nº 32 ­ Incremento de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 de diciembre de 2015 en un porcentaje señalado en el instructivo y registro de información en aplicativo; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se expide la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE AUTORIZA EL SORTEO PUBLICO DENOMINADO "LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCA VUELVE A PREMIAR TU PUNTUALIDAD" Artículo 1º.- AUTORIZAR la realización del sorteo público denominado "LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCA VUELVE A PREMIAR TU PUNTUALIDAD", por el pago oportuno del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el periodo 2016 y que son administrados por la Municipalidad Provincial de Barranca, el mismo que se llevará a cabo en los meses de Julio, Octubre y Diciembre del 2016 respectivamente. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la previsión presupuestal para la adquisición de los bienes a ser sorteados y que se detallan en el anexo que como bases del sorteo forma parte de la presente ordenanza municipal; así como implementar la campaña de difusión, gastos notariales y otros, conforme al presupuesto desagregado que en coordinación con la Gerencia de Rentas presentará con la debida anticipación a la Gerencia Municipal. Artículo 3º.- APROBAR las Bases del sorteo público denominado "LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCA VUELVE A PREMIAR TU PUNTUALIDAD" que como anexo forma parte de la presente ordenanza municipal. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la coordinación general del sorteo, a la Gerencia de Rentas todo lo referente a la organización del sorteo, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ejecutar las acciones administrativas y presupuestarias que correspondan, a la Gerencia de Administración la adquisición oportuna de los bienes que constituyen los premios del sorteo, a la Sub Gerencia de Estadísticas y Sistemas la realización de los procesos para la identificación de los contribuyentes hábiles para el sorteo, a la Secretaría General para la coordinación respectiva con la Notaría y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Protocolo para la difusión del mismo.

Artículo 5º.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6º.- Publíquese la presente norma legal en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facúltese al Señor Alcalde dictar las disposiciones complementarias necesarias mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente ordenanza municipal. Segunda.- Al término de los sorteos programados, la Gerencia de Rentas, bajo responsabilidad elevará un informe detallado de los resultados logrados a la Gerencia Municipal para conocimiento del Pleno de Concejo; teniendo como fecha límite para la presentación del primer informe, el 03 de Agosto del año en curso, la misma que será evaluada por el Pleno del Concejo para plantear estrategias para el desarrollo de los próximos sorteos que aprueba la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la casa Municipal a los 1 días del mes de junio del 2016. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1388748-1

Ordenanza de beneficio tributario extraordinario de condonación de intereses, moras y multas, así como descuento en arbitrios municipales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2016-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 01 de Junio del 2016, referente al proyecto de Ordenanza sobre Beneficio Tributario Extraordinario, presentado por el Coordinador del Plan de Incentivos de la Municipalidad Provincial de Barranca, para el cumplimiento de las metas para el año fiscal 2016; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales, son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; asimismo el artículo 41º de la citada norma legal indica que excepcionalmente, los Gobiernos Locales, podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. Que, a través del Decreto Supremo Nº 400-2015EF, se aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016.