Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2016 (01/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Viernes 1 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Estratégica quien lo preside, ejercerán sus funciones de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 542 ­MSB y en la Resolución de Alcaldía N°020-2016-MSB-A. Artículo Cuarto.- Todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, bajo responsabilidad brindarán el apoyo que requiera la Gerencia de Planificación Estratégica, dentro de los plazos que establezca, a fin de dar cumplimiento al desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados, de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 542-MSB. Articulo Quinto.- Establecer como asignación presupuestaria destinada a proyectos de inversión pública del Proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2017, con una base de S/. 8´000,000.00 (ocho millones de soles). Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal disponer las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Articulo Séptimo.- Publicar el presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano, y en el Portal de Transparencia Institucional; así como encargar a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Participación Vecinal, su difusión en el distrito. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1362381-1

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Crean el Registro denominado "Denuncia Vecinal - Vecino Alerta" en el distrito de Santiago de Surco
ORDENANZA N° 536-MSS Santiago de Surco, 10 de marzo del 2016 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 02-2016-CASDPVCAJ-MSS de las Comisiones de Asuntos Sociales, Deportes y Participación Vecinal y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 556-2016-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 060-2016-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 101-2016-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 161-2016-GPV-GM-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, los Memorándums Nros. 240 y 265-2015-GTIMSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, el Informe N° 008-2016-SGFCA-GM-MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que crea el Registro de Denuncia Vecinal - Vecino Alerta; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y

de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 40º de la misma Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)". Asimismo el Artículo 9º inciso 8) de la acotada Ley, señala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, con Memorando Nº 161-2016-GPV-MSS, la Gerencia de Participación Vecinal, presenta el proyecto de Ordenanza que Crea el Registro de Denuncia Vecinal - Vecino Alerta, sustentando la misma en que la comuna viene creciendo y la capacidad operativa de los agentes fiscalizadores se reduce, de tal forma que, los vecinos se convertirán en vigilantes del orden como partícipes del desarrollo integral del distrito, en concordancia con lo expresado por la Gerencia de Tecnologías de la Información mediante Memorándum Nº 265-2015-GTIMSS señalando que, se ha cumplido con la prepublicación del proyecto de Ordenanza en el Portal Institucional, acorde con lo dispuesto en el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, mediante Informe N° 008-2016-SGFCAGM-MSS, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, opina por la viabilidad de la aprobación del proyecto de Ordenanza submateria, para darle al vecino una mejor atención en cuanto al orden y convivencia; Que, con Memorándum N° 240-2015-GTI-MSS, la Gerencia de Tecnologías de la Información, opina respecto a la viabilidad de la implementación de un aplicativo móvil para el registro de denuncias de los vecinos; Que, con Informe N° 101-2016-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que el presente proyecto de Ordenanza, tiene como objeto crear el registro denominado Denuncia Vecinal - Vecino Alerta en el Distrito de Santiago de Surco, en el cual se faculta al vecino a que denuncie de manera inmediata a través de un aplicativo móvil, aquellas conductas y situaciones calificadas como infracciones, las mismas que se encuentran tipificadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, contenidas en la Ordenanza Nº 334-MSS y sus modificatorias; Que, en este orden de ideas, se aprecia que la presente propuesta normativa, mejorará la capacidad operativa de los agentes fiscalizadores de la Corporación, al incorporar a los vecinos como vigilantes del orden y partícipes del desarrollo integral del distrito, y de esta forma, se podrá brindar mejores y más eficientes servicios a los vecinos surcanos. En tal sentido, concluye opinando por la procedencia del proyecto de Ordenanza que crea el Registro de Denuncia Vecinal - Vecino Alerta; Que, con Memorándum Nº 060-2016-GM-MSS del 11.02.2016, la Gerencia Municipal remitiendo la presente propuesta de ordenanza, señala encontrar conforme la misma; Que, estando al Dictamen Conjunto Nº 02-2016-CASDPV-CAJ-MSS de las Comisiones de Asuntos Sociales, Deportes y Participación Vecinal y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 101-2016-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9° incisos 8) y 9) y 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL REGISTRO DE DENUNCIA VECINAL ­ VECINO ALERTA Artículo 1º.- Registro de Denuncia Vecinal ­ Vecino Alerta Créase el Registro denominado "Denuncia Vecinal ­ Vecino Alerta" en el distrito de Santiago de Surco, en el cual se faculta al vecino residente, a que denuncie de manera inmediata a través de un aplicativo móvil, aquellas conductas y situaciones calificadas como infracciones, las