Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2016 (01/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Viernes 1 de abril de 2016 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Guía N° 001-2016-MIDIS, "Guía para la Interacción e Integración de Personas con Discapacidad en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Sede Central", conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Notificación Notifíquese la presente resolución a los órganos y unidades orgánicas de la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para su cumplimiento. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1362484-2

Artículo Único. ­ Designar al señor Mateo Eduardo San Román Quiroz en el cargo de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO CARLOS REYNOSO PEÑAHERRERA Jefe de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 1362327-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 037-94, suscrito entre el Estado y Consorcio Energético de Huancavelica S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 089-2016-MEM/DM Lima, 29 de febrero de 2016 VISTO: El Expediente N° 14002093, organizado por CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A., sobre la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 037-94 para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 60 kV S.E. Huancavelica - S.E. Ingenio - S.E. Caudalosa; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 087-93-EM, publicada el 29 de diciembre de 1993 se otorgó a favor de CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la línea de transmisión de 60 kV, constituida por los tramos: S.E. Huancavelica - S.E. Ingenio y S.E. Ingenio - S.E. Caudalosa, de 32,90 y 52,30 km de longitud, ubicados en los distritos de Huancavelica, Yauli y Ccochaccasa; Ccochaccasa, Huachocolpa y Santa Ana; provincias de Huancavelica y Angaraes; Angaraes y Castrovirreyna, respectivamente; ambos en el departamento de Huancavelica; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-95-EM, de fecha 08 de enero de 1995, se aprobó el Contrato de Concesión Nº 037-94, suscrito entre el Estado y CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A., relacionado con la concesión definitiva referida en el considerando que antecede; Que, mediante documento con registro Nº 2527504 de fecha 17 de agosto de 2015, CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. solicitó la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 037-94 por haberse modificado una porción (estructuras T-068 a T-071) en el tramo de línea de transmisión de 60 kV S.E. Ingenio - S.E. Caudalosa, para evitar que los relaves producidos por la actividad minera de la Unidad Huachocolpa de la Cía Minera Caudalosa S.A. afecten este tramo de la línea de transmisión; Que habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 00993-EM, siendo procedente la modificación solicitada y contando con la opinión favorable a que se refiere el Informe N° 038-2016-DGE-DCE, corresponde aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 037-94, en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesione Eléctricas;

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 018-2016-PERÚ COMPRAS Lima, 31 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante Decreto Supremo N° 364-2015-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2016EF se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, el cual establece que el cargo de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información es un cargo considerado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, de acuerdo con el literal m del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones, el Jefe de PERÚ COMPRAS tiene a su cargo la designación del personal de confianza; Que, se ha visto por conveniente designar a la persona que ocupe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1018; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 364-2015-EF;