Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2016 (01/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de abril de 2016 /

El Peruano

la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha convocado a tres audiencias públicas el 08 de abril de 2016 en la sede de la Organización de los Estados Americanos ­ OEA, ubicado en Washington, D.C., Estados Unidos de América; Que, el Procurador Público Especializado Supranacional ha señalado que en el marco de su 157º Periodo de Sesiones, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha convocado al Estado peruano a tres Audiencias Públicas el 08 de abril de 2016 sobre: (i) Plan Nacional de Reparación en Perú; (ii) Derechos Humanos de pueblos indígenas y comunidades campesinas en Espinar, Cusco, Perú y (iii) Situación de derechos humanos de sindicalistas en Perú, en la que la delegación del Estado peruano es encabezada por la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; Que, asimismo, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Políticas del Estado en los Ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional, comunica que el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos ha autorizado su participación como integrante de la delegación oficial del Estado peruano en la Audiencia Pública a llevarse a cabo el 08 de abril de 2016 en el marco del 157º Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el Plan Integral de Reparaciones; Que, las actividades programadas con ocasión del mencionado viaje se llevarán a cabo el día 08 de abril de 2016; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las audiencias públicas que convoca la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los señores Luis Alberto Huerta Guerrero, Procurador Público Especializado Supranacional y Adolfo Ernesto Chavarri Arancibia, Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Políticas del Estado en los Ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional; Que, los gastos que generen dichos viajes serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y sus modificatorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Luis Alberto Huerta Guerrero, Procurador Público Especializado Supranacional y Adolfo Ernesto Chavarri Arancibia, Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Políticas del Estado en los Ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional, del 07 al 09 de abril de 2016, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Luis Alberto Huerta Guerrero, Procurador Público Especializado Supranacional Pasajes Viáticos x 02 días US$ US$ 2,395.15 880.00

Adolfo Ernesto Chavarri Arancibia, Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Políticas del Estado en los Ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional Pasajes Viáticos x 02 días US$ US$ 2,395.15 880.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los profesionales mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no libera o exonera del pago de impuestos y/o de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1362532-1

Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano rumano formulada por las autoridades judiciales de la República de Rumanía
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2016-JUS Lima, 31 de marzo de 2016 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 040-2015/ COE-TC, del 02 de marzo de 2015, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano rumano ALEXANDRU BARLIGEA, formulada por las autoridades judiciales de la República de Rumanía; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva del 16 de septiembre de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano rumano ALEXANDRU BARLIGEA, para que cumpla la condena impuesta por la comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas y aplazar su entrega hasta el cumplimiento de la condena impuesta por el Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 134 - 2014); Que, el literal b) del artículo 28 de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o