Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2016 (01/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de abril de 2016 /

El Peruano

Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, dispuso que el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa efectúe las siguientes acciones administrativas: a) La 1º Sala Laboral de Arequipa, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, cierre el turno para recibir expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y, b) La 2º Sala Laboral de Arequipa, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, cierre el turno para recibir expedientes de los Procesos Contencioso Administrativos Laborales y Previsionales. Segundo. Que, al respecto, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo remite la siguiente propuesta: a) La 1° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sea la que tenga competencia exclusiva para conocer procesos de la Ley N° 29497, y b) La 2° Sala Laboral Permanente de la misma Corte, conozca los Procesos Contencioso Administrativos Laborales y Previsionales. La propuesta presentada se sustenta en los siguientes fundamentos: · La 1° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, desde el inicio de la vigencia e implementación de la Ley N° 29497, ha venido conociendo los procesos de dicha especialidad, aproximadamente, en un lapso de 5 años y 6 meses. · Desde el año 2010, los señores Jueces Superiores de la 1° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa han sido permanentemente capacitados en diversos eventos académicos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, adquiriendo conocimientos especializados en la materia. · El personal jurisdiccional de la 1° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, se encuentra debidamente capacitado para gestionar procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. · La 1° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, cuenta con las instalaciones e infraestructura idóneas para la tramitación de los procesos bajo el amparo de la Ley N° 29497. · El cargo de Juez Coordinador del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa es desempeñado por una señora magistrada que es integrante de la 1° Sala Laboral Permanente de dicha Corte Superior. Tercero. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 222-2016 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez, y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1° de mayo de 2016, la aplicación de las siguientes medidas en la Corte Superior de Justicia de Arequipa: a) La 1° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, conozca a exclusividad procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. b) La 2° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa conozca a exclusividad Procesos Contencioso Administrativos Laborales y Previsionales. Artículo Segundo.- El señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa dispondrá las acciones administrativas pertinentes adicionales, que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución; procurando el menor deterioro del flujo de los procesos en trámite.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1362506-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan, aceptan declinación y reasignan jueces supernumerarios en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 150-2016-P- CSJLI/PJ Lima, 31 de marzo de 2016 VISTA: La Resolución Administrativa N° 009-2016-CE-PJ de fecha 20 de enero del presente año, y la Resolución Administrativa N° 07-2016-CED-CSJLI/PJ de fecha 22 de marzo del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso número 124006-2016 la doctora Lorena Teresa Alessi Janssen, Juez Titular del Décimo Juzgado Penal de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 01 al 30 de abril del presente año. Que, mediante el ingreso número 139031-2016 el doctor Eduardo Diego Torres Vera, Juez Supernumerario del Décimo Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 01 al 30 de abril del presente año. Que, mediante el ingreso número 162925-2016 la doctora Janeth Marisol Cachay Silva, Juez Supernumeraria del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima declina al referido cargo a partir del primero de abril del presente año, toda vez que ha sido nombrada Juez Especializada en lo Penal Titular (Investigación Preparatoria) de la Corte Superior de Justicia del Callao, dando las gracias por la confianza depositada en su persona. Que, mediante Resolución Administrativa N° 07-2016-CED-CSJLI/PJ en sesión de Consejo Ejecutivo Distrital se resolvió APROBAR la propuesta formulada por la Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, en mérito a la declinación formulada por el doctor Jorge Luis Pajuelo Cabanillas; designándose a la Magistrada María Rosario Niño Palomino de Villarreal como Magistrada integrante de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, en lugar del doctor Jorge Luis Pajuelo Cabanillas. Que, en cuanto a lo expuesto en el párrafo anterior, corresponde que el doctor Jorge Luis Pajuelo Cabanillas Juez Titular, retorne a su plaza titular de origen, al respecto; mediante Resolución Administrativa N° 009-2016-CEPJ de fecha 20 de enero del presente año, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial declaró fundada la solicitud presentada por el referido Magistrado designándolo como