Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2016 (01/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de abril de 2016 /

El Peruano

administrados, se recibirán por escrito y mediante correo electrónico; Que, estando a lo señalado, resulta pertinente dictar el acto administrativo de autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, la Directiva N° 001-2011MTC/01 y en uso de las facultades previstas en la Resolución Ministerial N° 006-2016-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación del proyecto del Manual de Puentes en la Página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe., por un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución; con el objeto de recibir los comentarios, observaciones, y sugerencias de la ciudadanía en general. Tales opiniones podrán ser formuladas por: escrito (Jr. Zorritos N° 1203-Cercado de Lima), vía fax (615-7841), o correo electrónico (proyectonormas@mtc.gob.pe); correspondiendo a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la atención final de las mismas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS E. LOZADA CONTRERAS Director General Dirección General de Caminos y Ferrocarriles 1361834-1

Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidad que se detalla a continuación, serán otorgadas mediante concurso público:
MODALIDAD RADIODIFUSION SONORA BANDA FM LOCALIDAD BOLIVAR-LONGOTEAUCHUMARCA-UCUNCHA DEPARTAMENTO LA LIBERTAD

Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA CADILLO ANGELES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1361809-1

Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación del servicio de radiodifusión en FM, en localidad del departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0471 -2016-MTC/28 Lima, 17 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 0764-2016-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD ACOSTAMBO-CUENCA-ÑAHUIMPUQUIO-PILCHACA DEPARTAMENTO FRECUENSOLICITUDES CIAS DISPOADMITIDAS NIBLES

Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación del servicio de radiodifusión en FM, en localidad del departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0470-2016-MTC/28 Lima, 17 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 0765-2016-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD BOLIVAR-LONGOTEA-UCHUMARCA-UCUNCHA DEPARTAMENTO FRECUENSOLICITUDES CIAS DISPOADMITIDAS NIBLES

RADIODIFUSION SONORA

FM

HUANCAVELICA

8

7

RADIODIFUSION SONORA

FM

LA LIBERTAD

2

1

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del