Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2016 (01/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 1 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

582143

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
DECRETO SUPREMO Nº 023-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30372, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016" podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, el Ministerio de Energía y Minas, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el referido Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor de los siguientes organismos internacionales: (i) GIEC - Grupo Internacional de Estudio del Cobre, con un monto de S/ 90 000.00, (ii) IRENA - Agencia Internacional de Energía Renovable, con un monto de S/ 85 000.00, (iii) OLADE - Organismo Latinoamericano de Energía, por el monto de S/ 120 000.00; y, (iv) Países exportadores de gas, por el monto de S/ 320 000.00; correspondientes al año 2016; Que, no obstante por tales conceptos correspondería cancelar los siguientes montos: (i) GIEC - Grupo Internacional de Estudio del Cobre, con un monto de S/ 102 956.00, (ii) IRENA - Agencia Internacional de Energía Renovable, con un monto de S/ 99 959.00, (iii) OLADE - Organismo Latinoamericano de Energía, por el monto de S/ 138 850.00; y, (iv) Países exportadores de gas, por el monto de S/ 365 000.00; correspondientes al año 2016; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 016: Ministerio de Energía y Minas ­ MEM; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de los Organismos Internacionales indicados en el párrafo precedente; ello en virtud al incremento respecto a los montos de pago por concepto de contribución de dichos organismos internacionales y debido a las fluctuaciones cambiarias en el dólar americano; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; DECRETA: Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego

Presupuestario 016: Ministerio de Energía y Minas, respecto de los siguientes organismos internacionales y montos:
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En soles) S/ 102 956.00

PERSONA JURÍDICA GIEC - GRUPO INTERNACIONAL DE ESTUDIO DEL COBRE IRENA - AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERGÍA RENOVABLE OLADE - ORGANISMO LATINOAMERICANO DE ENERGÍA PAISES EXPORTADORES DE GAS

016 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

S/ 99 959.00

S/ 138 850.00 S/ 365 000.00

Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1362535-1

SALUD
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 210-2016/MINSA Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 2102016/MINSA, publicada en la edición del 31 de marzo de 2016. DICE: Artículo 2º.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Acciones Centrales, Actividad 5.000003: Gestión Administrativa, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. DEBE DECIR: Artículo 2º.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Programa Presupuestal 0017 Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Producto 3.000001 Acciones Comunes, Actividad 3.000085: Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control Metaxénicas y Zoonosis Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. 1362531-1